Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2016 (21/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Lunes 21 de marzo de 2016 /

El Peruano

Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2016 (en adelante, la Directiva), Que, mediante Oficio Nº 049-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación del otorgamiento de subvención, por un monto total de S/ 450,000.00 a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, persona jurídica privada ganadora del "Concurso Científicos INC - Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología", financiado por el FOMITEC, correspondiente al año 2014, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE, de fecha 23 de junio de 2014; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 001-2016-FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT solicitan la aprobación del otorgamiento de subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia por un monto total de S/ 450,000.00, para cofinanciar proyectos en CTI. En tal sentido, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para cofinanciar los proyectos "Hacia la eliminación de la malaria en el Perú" y "Círculo de investigación en plantas con efectos en salud". Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario Nº 0000000140, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE, copias de los Convenios de Financiamiento Nºs 008 y 010-2014-FONDECYT, así como de la respectiva adenda del último de los convenios mencionados; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 001-2016-FONDECYT-UPPUAJ-USM, contenidos en las Bases del citado Concurso y en los Convenios señalados en el considerando precedente, así como en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 067-2016-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvención a la persona jurídica privada solicitada por FONDECYT, cuenta con disponibilidad presupuestal para ser atendida hasta por el importe total de S/ 450,000.00, con el cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 001-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 52-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 001-2016 -FONDECYT-UPPUAJ-USM, y en el Informe Nº 067-2016-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Secretario General, del jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la

Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvención a favor de persona jurídica privada por la suma de S/ 450,000.00; en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Monto Tipo de Programa aprobado Nº cofinanciao Programa o proyecto Institución S/. (En miento proyecto Soles) Monto Total S/. (En Soles)

Hacia la eliminación de Subvención Proyecto la malaria en el Perú Universidad 225.000.00 a personas Peruana 1 450,000.00 Círculo de investigación Cayetano jurídicas privadas Proyecto en plantas con efectos Heredia 225.000.00 en salud Monto Total S/. 450,000,00

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1358460-1

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman las Resoluciones N° 007-2016JEEH y N° 008-2016-JEEH, que tienen por cumplida la publicación de la síntesis de la lista de candidatos al Congreso de la República, por el distrito electoral de Junín, del partido político Acción Popular, en el marco de las Elecciones Generales 2016
RESOLUCIÓN N° 0271-2016-JNE Expediente N° J-2016-00328 JUNÍN JEE HUANCAYO (EXPEDIENTE N° 00070-2016-025) ELECCIONES GENERALES 2016 RECURSO DE APELACIÓN Lima, dieciséis de marzo de dos mil dieciséis. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Christian Lazo Trujillo, personero legal de la alianza electoral Alianza Popular, en contra de las Resoluciones N° 007-2016-JEEH, del 8 de marzo de 2016, y N° 008-2016-JEEH, del 9 de marzo de 2016, emitidas dentro del procedimiento de inscripción de lista de candidatos al Congreso de la República, por el distrito electoral de Junín, del partido político Acción Popular, en el marco de las Elecciones Generales 2016, y oídos los informes orales.

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