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581426 NORMAS LEGALES Lunes 21 de marzo de 2016 / El Peruano Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la fi nalidad de cofi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC-OGPP “Procedimiento para la aprobación de transferencias fi nancieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2016 (en adelante, la Directiva), Que, mediante Ofi cio Nº 049-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación del otorgamiento de subvención, por un monto total de S/ 450,000.00 a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, persona jurídica privada ganadora del “Concurso Científi cos INC - Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología”, fi nanciado por el FOMITEC, correspondiente al año 2014, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE, de fecha 23 de junio de 2014; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 001-2016-FONDECYT- UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT solicitan la aprobación del otorgamiento de subvención a favor de la Universidad Peruana Cayetano Heredia por un monto total de S/ 450,000.00, para cofi nanciar proyectos en CTI. En tal sentido, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para cofi nanciar los proyectos “Hacia la eliminación de la malaria en el Perú” y “Círculo de investigación en plantas con efectos en salud”. Los referidos órganos adjuntan el Certifi cado de Crédito Presupuestario Nº 0000000140, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 048-2014-FONDECYT-DE, copias de los Convenios de Financiamiento Nºs 008 y 010-2014-FONDECYT, así como de la respectiva adenda del último de los convenios mencionados; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifi can el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 001-2016-FONDECYT-UPP- UAJ-USM, contenidos en las Bases del citado Concurso y en los Convenios señalados en el considerando precedente, así como en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 067-2016-CONCYTEC- OGPP, el Jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verifi cado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvención a la persona jurídica privada solicitada por FONDECYT, cuenta con disponibilidad presupuestal para ser atendida hasta por el importe total de S/ 450,000.00, con el cual se cofi nanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 001-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 52-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 001-2016 -FONDECYT-UPP- UAJ-USM, y en el Informe Nº 067-2016-CONCYTEC- OGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Secretario General, del jefe (e) de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvención a favor de persona jurídica privada por la suma de S/ 450,000.00; en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente: Nº Tipo de cofi nancia- miento Programa o proyecto Programa o proyecto Institución Monto aprobado S/. (En Soles) Monto Total S/. (En Soles) 1 Subvención a personas jurídicas privadas Proyecto Hacia la eliminación de la malaria en el Perú Universidad Peruana Cayetano Heredia 225.000.00 450,000.00 Proyecto Círculo de investigación en plantas con efectos en salud 225.000.00 Monto Total S/. 450,000,00 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1358460-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman las Resoluciones N° 007-2016- JEEH y N° 008-2016-JEEH, que tienen por cumplida la publicación de la síntesis de la lista de candidatos al Congreso de la República, por el distrito electoral de Junín, del partido político Acción Popular, en el marco de las Elecciones Generales 2016 RESOLUCIÓN N° 0271-2016-JNE Expediente N° J-2016-00328 JUNÍN JEE HUANCAYO (EXPEDIENTE N° 00070-2016-025) ELECCIONES GENERALES 2016 RECURSO DE APELACIÓN Lima, dieciséis de marzo de dos mil dieciséis. VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Christian Lazo Trujillo, personero legal de la alianza electoral Alianza Popular, en contra de las Resoluciones N° 007-2016-JEEH, del 8 de marzo de 2016, y N° 008-2016-JEEH, del 9 de marzo de 2016, emitidas dentro del procedimiento de inscripción de lista de candidatos al Congreso de la República, por el distrito electoral de Junín, del partido político Acción Popular, en el marco de las Elecciones Generales 2016, y oídos los informes orales.