Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2016 (23/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de marzo de 2016 /

El Peruano

Ratifican el "Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de las Elecciones Generales y de Representantes ante el Parlamento Andino del año 2016"
DECRETO SUPREMO Nº 020-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de las Elecciones Generales y de Representantes ante el Parlamento Andino del año 2016", fue suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 11 de marzo de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a los Privilegios e Inmunidades de los Observadores de las Elecciones Generales y de Representantes ante el Parlamento Andino del año 2016" suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú el 11 de marzo de 2016. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1359734-4

los días 2 y 3 de diciembre de 2011, se adoptó la Declaración de Caracas mediante la cual se constituyó la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (CELAC); Que, la Presidencia Pro Témpore de la CELAC ha convocado a la X Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores de la CELAC, y a la XVI Reunión de Coordinadores Nacionales de la Comunidad, que se realizaran en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 30 de marzo al 1 de abril de 2016; Que, el Perú ha mantenido un rol activo en la consolidación de la CELAC, como un importante mecanismo regional que impulsa la cooperación e integración de sus miembros; a través de su participación en las distintas reuniones programadas y mediante su permanente interacción con la Presidencia Pro Témpore y los Estados parte; Que, se estima importante la participación de los funcionarios de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a fin de dar un debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 365, del Despacho Ministerial, de 3 de marzo de 2016; y los Memorandos (DGM) N.° DGM0195/2016, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 9 de marzo de 2016; y (OPP) N.° OPP0381/2016, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 10 de marzo de 2016, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, para participar del 30 de marzo al 1 de abril de 2016, en las reuniones señaladas en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 29 de marzo al 2 de abril de 2016: · Embajadora en el Servicio Diplomático de la Republica Hilda Maritza Puertas Valdivieso de Rodríguez, Directora General para Asuntos Multilaterales y Globales; y · Ministro en el Servicio Diplomático de la Republica David Francisco Málaga Ego Aguirre, Director de Organismos y Política Multilateral, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo Viáticos clase por día económica US$ US$ 979,00 979,00 430,00 430,00 N° de días 3+1 3+1 Total viáticos US$ 1 720,00 1 720,00

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a la República Dominicana, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0236/RE-2016 Lima, 15 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, en la III Cumbre de América Latina y el Caribe sobre Integración y Desarrollo (CALC), realizada en la ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela,

Nombres y Apellidos Hilda Maritza Puertas Valdivieso de Rodríguez David Francisco Málaga Ego Aguirre

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