Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2016 (23/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Miércoles 23 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581529

Las disposiciones de la presente norma no se aplican al expediente de medida cautelar previa, de intervención excluyente de propiedad, de ejecución de garantías, de queja vinculado con un procedimiento de cobranza coactiva o al expediente de bienes abandonados. b) La presentación de solicitudes, informes y comunicaciones que realicen los deudores tributarios o, de corresponder, los terceros, en el procedimiento de cobranza coactiva. CAPÍTULO II

b) Ubicar la opción Expediente Virtual/Cobranza Coactiva, y seguir las instrucciones del sistema. Artículo 6°.- DEL ALMACENAMIENTO, ARCHIVO Y CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS QUE FORMAN PARTE DE UN EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Los documentos electrónicos que conforman el expediente electrónico del procedimiento de cobranza coactiva se almacenan, archivan y conservan en el SIEV. CAPÍTULO III

DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA Artículo 3°.- APROBACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE EXPEDIENTE VIRTUAL Apruébese el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) que permite: a) A la SUNAT, gestionar y conservar los expedientes electrónicos de los procedimientos de cobranza coactiva. b) La presentación de solicitudes, informes y comunicaciones en el procedimiento de cobranza coactiva. El SIEV garantiza la integridad e inalterabilidad de los documentos electrónicos que conforman el expediente electrónico. Los trabajadores de la SUNAT que acceden a los expedientes electrónicos del SIEV están obligados a guardar reserva sobre la información comprendida en el artículo 85° del Código Tributario contenida en los referidos expedientes así como de aquella correspondiente a datos personales. Artículo 4°.- DE LA FORMA Y CONDICIONES PARA EL LLEVADO DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA a) De la generación del expediente electrónico i. La SUNAT genera el expediente electrónico del procedimiento de cobranza coactiva en el SIEV asignándole una numeración única. ii. El expediente electrónico del procedimiento de cobranza coactiva está conformado por los documentos electrónicos que se generan o que se presentan en el citado procedimiento, según la normativa vigente. iii. La foliación del expediente electrónico se lleva a cabo mediante un índice electrónico que contiene el registro cronológico de los documentos que lo conforman y asegura el ordenamiento de los documentos contenidos en el expediente. iv. Los expedientes electrónicos del procedimiento de cobranza coactiva pueden acumularse en función a los criterios establecidos en el artículo 9° del Reglamento del Procedimiento de Cobranza Coactiva. b) De la incorporación de documentos en soporte papel al expediente electrónico Los documentos en soporte papel deben ser digitalizados para su incorporación al expediente electrónico remitiéndose los documentos en soporte papel al archivo de la SUNAT según la normativa correspondiente. Para dicha incorporación, el SIEV cuenta con las funcionalidades necesarias que permiten registrar en el expediente electrónico la información del documento y su imagen. Artículo 5°.- DE LA CONSULTA DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO EN SUNAT VIRTUAL El deudor tributario que es parte de un procedimiento de cobranza coactiva puede acceder, mediante SUNAT Virtual, al expediente electrónico para conocer el estado del citado procedimiento, para lo cual debe: a) Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea utilizando su Código de Usuario y Clave SOL.

DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN, SOLICITUDES O COMUNICACIONES A TRAVÉS DEL SIEV Artículo 7°.- APROBACIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL N.° 5011 Apruébese el formulario virtual N.° 5011: Presentación de escritos dentro del procedimiento de cobranza coactiva a cargo de las dependencias de tributos internos administrados por la SUNAT. Artículo 8°.- DEL PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN, SOLICITUDES O COMUNICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA A TRAVÉS DEL SIEV Los deudores tributarios comprendidos en el procedimiento de cobranza coactiva, o de corresponder los terceros, pueden presentar información, solicitudes o comunicaciones a través del SIEV, cualquiera sea la fecha en que los citados procedimientos hayan sido iniciados, para lo cual deben utilizar el formulario virtual N.° 5011. Para tal efecto, se entiende por tercero a los siguientes: a) A las entidades del sistema financiero nacional a quienes se les notifique un embargo en forma de retención respecto de operaciones distintas a las que se realizan en dicho sistema o cuando el embargo en forma de retención se realice sin la utilización de medios electrónicos. b) A aquellos sujetos, distintos a las entidades del sistema financiero, a los que se les notifica un embargo en forma de retención sin la utilización de medios electrónicos. c) A aquel sujeto que sin ser parte del procedimiento de cobranza coactiva invoca a su favor un derecho de propiedad respecto de un bien embargado en dicho procedimiento. d) A aquel sujeto que sin ser parte del procedimiento de cobranza coactiva debe presentar información solicitada por el Ejecutor Coactivo. A fin de presentar el formulario virtual N.° 5011, se debe: a) Ingresar a SUNAT Operaciones en Línea utilizando su Código de Usuario y Clave SOL. b) Ubicar la opción Escritos Virtuales - formulario virtual N.° 5011 y seguir las instrucciones del sistema. Artículo 9°.- DE LAS CONDICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL N.° 5011 Para presentar el formulario virtual N.° 5011, se debe consignar en el citado formulario, como mínimo, el número de la resolución de ejecución coactiva respecto de la cual se presenta la información, solicitud o comunicación. Dicho dato debe coincidir con la información registrada en el sistema de la SUNAT. Adicionalmente, se debe consignar en el formulario virtual N.° 5011 la información específica que solicite el sistema, según corresponda al tipo de información, solicitud o comunicación que se presente. Artículo 10°.- DE LA CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO VIRTUAL Y DE SU INCORPORACIÓN AL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO La constancia de presentación del formulario virtual N.° 5011 contiene la siguiente información:

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