Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2016 (23/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Miércoles 23 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581525

en Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Los referidos órganos adjuntan los Certificados de Crédito Presupuestario Nºs 0000000155 y 0000000156, copias de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 117 -2014-FONDECYT-DE, del 5 de diciembre del 2014 y Nº 174-2015-FONDECYT-DE, del 22 de diciembre del 2015, copias de los Convenios de Subvención Nºs 070, 071 y 074-2014-FONDECYT y del Convenio de Subvención Nº 001-2016-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 004-2016-FONDECYT-UPPUAJ-USM, contenidos en las Bases y el Reglamento, respectivamente, de los citados Concursos y en los Convenios señalados en el considerando precedente, así como en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 079-2016-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvenciones a favor de las personas jurídicas privadas solicitada por FONDECYT se enmarca en la Directiva y cuenta con disponibilidad presupuestal
Nº Tipo de Cofinanciamiento Programa o proyecto Proyecto

para ser atendida hasta por el importe total de S/ 737,450.93, con el cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 004-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 56-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 004-2016 -FONDECYT-UPPUAJ-USM, y en el Informe Nº 079-2016-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por la suma de S/ 737,450.93; en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Institución Agro Industria San Antonio S.R.L. Magia Comunicaciones S.A. Aqua Recover S.A.C. Alypex Perú S.A.C Monto Monto aprobado Total S/ S/ (En Soles) (En Soles) 213,688.93

Programa o proyecto "Desarrollo de un sistema de embalaje plástico ligero para la agroexportación de frutas refrigeradas en Perú incluido el desarrollo de un molde prototipo para producción de alto rendimiento" "Tourism Net Exchange: Interoperabilidad de Servicios Turísticos" "Desarrollo de una plataforma georeferenciada para la gestión en tiempo real de infraestructura de agua" "Desarrollo de prototipos de pulverizador agrícola para la optimización del uso de fitosanitarios en tratamientos de protección de cultivos horizontales y verticales"

1

Subvención a personas jurídicas privadas

Proyecto

213,749.50 737,450.93 186,200.00

Proyecto

Proyecto

123,812.50

Monto Total S/ 737,450.93

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1359530-1

ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Encargan funciones de Jefe del Órgano de Control Institucional del OTASS
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 016-2016-OTASS/DE Lima, 18 de marzo de 2016 Visto: El Oficio Nº 00426-2016-CG/DOCI

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, modificada por Decreto Legislativo Nº 1240, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera y administrativa con competencia a nivel nacional; Que, el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 017-2014-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, establece que el Órgano de Control Institucional (OCI) tiene a su cargo la programación, conducción, ejecución

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