Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2016 (23/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Miércoles 23 de marzo de 2016 /

El Peruano

Que, mediante carta C.22-GG/2016, recibida el 18 de enero de 2016, el OSIPTEL corrió traslado a SEAL de la antes citada carta Comité Técnico-03-Tv Cable Digital-2016, remitida por TV CABLE DIGITAL, a efectos de que SEAL manifieste su posición sustentada respecto de la solicitud recibida y/o presente la documentación que considere pertinente; requerimiento que fue atendido por SEAL mediante carta GG/AL-0035-2016, recibida el 25 de enero de 2016, reiterando su posición expresada en el Comité Técnico; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 021-2016-CD/OSIPTEL de fecha 18 de febrero de 2016, se aprobó el Proyecto de Mandato de Compartición de Infraestructura contenido en el Informe N° 00038GPRC/2016, que complementaría al Mandato de Compartición de Infraestructura aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 119-2015-CD/ OSIPTEL; habiéndose otorgando a las empresas un plazo máximo de cinco (05) días hábiles para que remitan sus respectivos comentarios; Que, ambas partes han formulado sus respectivos comentarios al Proyecto de Mandato de Compartición de Infraestructura antes referido; Que, de conformidad con los antecedentes, análisis y conclusiones contenidos en el Informe N° 00073GPRC/2016 de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia, esta instancia hace suyos los fundamentos ahí expuestos y, acorde con el artículo 6, numeral 6.2 de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución y de su motivación; por lo que corresponde dictar el Mandato de Compartición de Infraestructura solicitado por TV CABLE DIGITAL en los términos del referido informe; De acuerdo a las funciones señaladas en el inciso p) del artículo 25 y en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado en la Sesión 600 ; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Mandato de Compartición de Infraestructura contenido en el Informe N° 00073GPRC/2016, correspondiente al procedimiento tramitado bajo el Expediente N° 00001-2016-CD-GPRC/MC entre las empresas Tv Cable Digital E.I.R.L. y Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A.; que complementará al Mandato de Compartición de Infraestructura aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 1192015-CD/OSIPTEL. Artículo 2.- La presente resolución y el Informe N° 00073-GPRC/2015 serán notificados a las empresas concesionarias Tv Cable Digital E.I.R.L. y Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., y se publicarán en la página web institucional del OSIPTEL: www.osiptel.gob.pe. Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- El Mandato de Compartición de Infraestructura que se dicta mediante la presente resolución, entrará en vigencia al día siguiente de su notificación. Artículo 5.- El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones del Mandato de Compartición de Infraestructura que se dicta mediante la presente resolución, constituye infracción muy grave, de conformidad con lo establecido en el literal a) - numeral 1, del artículo 17 de la Ley N° 28295, Ley que regula el Acceso y Uso Compartido de Infraestructura de Uso Público para la prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ Presidente del Consejo Directivo 1359090-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, para la ejecución de diversos proyectos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 041-2016-CONCYTEC-P Lima, 21 de marzo de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 004-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 0642016 -FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT, y los Informes Nº 079-2016-CONCYTECOGPP y Nº 56-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 064-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación del otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 737,450.93 a favor de personas jurídicas privadas, ganadoras del concurso "Financiamiento para Proyectos de I+D+i con Participación Internacional" y del Esquema Financiero EF-027 denominado: "I+D+i Internacional con CDTI España", convocatoria 2015, conforme a lo dispuesto en las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 117-2014 -FONDECYT-DE, del 5 de diciembre del 2014 y Nº 174-2015-FONDECYT-DE, del 22 de diciembre del 2015; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 004-2016 -FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT solicitan la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de las siguientes personas jurídicas privadas: (i) Agro Industria San Antonio S.R.L. (S/ 213.688.93), (ii) Magia Comunicaciones S.A. (S/ 213,749.50), (iii) Aqua Recover S.A.C. (S/ 186,200.00), y (iv) Alypex Perú S.A.C. (S/ 123,812.50), para cofinanciar proyectos

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