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586575 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2016 El Peruano / Órgano Jurisdiccional Cambio de Denominación / Conversión del Órgano Jurisdiccional Competencia Territorial Competencia en Materia Tercer Juzgado Penal Unipersonal Permanente - Todo el Distrito Judicial de Ventanilla Conocimiento de todos los delitos penales, excepto los procesos inmediatos en el marco del D.Leg. N° 1194. Sólo conocerá los delitos al amparo del D.Leg. N° 1194 cuando integre el Juzgado penal Colegiado con el 2° y 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente. Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente - Todo el Distrito Judicial de Ventanilla Conocimiento de todos los delitos penales, excepto los procesos inmediatos en el marco del D.Leg. N° 1194. Sólo conocerá los delitos al amparo del D.Leg. N° 1194 cuando integre el Juzgado Penal Colegiado con el 2° y 3° Juzgado Penal Unipersonal Permanente. Juzgado de la Investigación Preparatoria de Mi Perú Sólo Distrito de Mi Perú Conocimiento de todos los delitos penales y procesos inmediatos en el marco del D.Leg. N° 1194. Juzgado de la Investigación Preparatoria de Ancón y Santa Rosa Sólo en los Distritos de Ancón y Santa Rosa Conocimiento de todos los delitos penales y procesos inmediatos en el marco del D.Leg. N° 1194. Sala Penal de Apelaciones Primera Sala Penal de Apelaciones Todo el Distrito Judicial de Ventanilla Conocimiento de todos los delitos penales, en adición a sus funciones actuará, a exclusividad, en el conocimiento de los procesos bajo el amparo del D. Leg. N° 1194. Segunda Sala Penal de Apelaciones - Todo el Distrito Judicial de Ventanilla Conocimiento de todos los delitos penales, excepto los procesos inmediatos en el marco del D. Leg. N° 1194. Primer Juzgado Penal de Ventanilla Primer Juzgado Liquidador de Ventanilla Mantiene su competencia Territorial Liquidación de carga procesal. Segundo Juzgado Penal de Ventanilla Segundo Juzgado Liquidador de Ventanilla Mantiene su competencia Territorial Liquidación de carga procesal. Órgano Jurisdiccional Cambio de Denominación / Conversión del Órgano Jurisdiccional Competencia Territorial Competencia en Materia Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial Transitorio de Ventanilla Tercer Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Ventanilla Competencia Territorial en el Distrito de Ventanilla Liquidación de carga penal existente, debiendo redistribuir la carga pendiente en materia civil a los órganos jurisdiccionales competentes SÉPTIMO: Mediante Resolución Administrativa N° 099-2016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone que la carga en liquidación de los Juzgados Penales Liquidadores del Distrito de Ventanilla, sea redistribuida entre el 2° y 4° Juzgado de la Investigación Preparatoria, 2°, 3° y 4° Juzgado Penal Unipersonal, a efecto de apoyar con la liquidación de los procesos tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, de forma equitativa, hasta que los nuevos órganos jurisdiccionales equilibren su carga procesal con el nuevo modelo penal. OCTAVO: Así también, en la acotada Resolución Administrativa, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial señala que la carga procesal en liquidación de la actual Sala Penal y Sala Mixta sea redistribuida entre la Primera y Segunda Sala Penal de Apelaciones, con la fi nalidad de lograr una efectiva liquidación de los procesos tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940, de forma equitativa, hasta que los nuevos órganos jurisdiccionales equilibren su carga procesal con el nuevo modelo penal. NOVENO: De otro lado, mediante Resolución Administrativa N° 115-2015-P-CSJV/PJ, de fecha 8 de abril de 2015 y en uso de la facultad concedida por la Resolución Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, esta Presidencia dispuso la redistribución de la carga procesal penal que se tramitaba bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales de 1940 y que giraba ante el 1° y 2° Juzgado Penal Permanente, entre el 1° y 2° Juzgado de la Investigación Preparatoria y 1° y 2° Juzgado Penal Unipersonal. DÉCIMO: Mediante Informe N° 044-2016-ASIE-CSJV/ PJ, se comunica a esta Presidencia la carga procesal que se viene tramitando bajo las disposiciones del Código de Procedimientos Penales de 1940 y que debe ser considerada para su liquidación a partir del 1 de mayo de 2016, cuyo detalle es el siguiente: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA ÓRGANO JURISDICCIONAL CARGA PROCESAL - CODIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE 1940 CALIFICACION TRAMITE EN PLAZO DE IMPUGNACION EN EJECUCION EN TRANSITO (*) TOTAL DE EXPEDIENTES RESERVA FISCALIA 55 1285 1° JUZGADO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE VENTANILLA 0 0 6 1 0 7 2° JUZGADO PENAL DE VENTANILLA 3 226 167 781 1° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE VENTANILLA 0 0 1 2 1 4 2° JUZGADO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE VENTNILLA 1 91 10 2 4 124 JUZGADO MIXTO TRANSITORIO - ANCÓN Y SANTA ROSA 0 133 4 1 TOTAL EXPEDIENTES 22 1333 577 1758 230 4243 13 184 JUZGADO MIXTO TRANSITORIO -MI PERÚ 6 302 19 6 164 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE VENTANILLA 2 124 13 0 26 194 SALA PENAL DE APELACIONES 0 36 39 7 SALA MIXTA 0 105 8 2 33 178 0 76 159 30 10 164 0 0 0 43 40 0 0 0 0 1 22 356 30 243 1° JUZGADO PENAL DE VENTANILLA 10 163 270 954 40 1504 JUZGADO DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL TRANSITORIO 0 153 40 7 33 6 13 24 13 0 16 0 19 Fuente: Sistema Integral Judicial (Actualizada al 27/04/2016) Elaboración: Área de Estadística de la CSJV (*) En Tránsito (Expedientes califi cados Improcedente, No a Lugar, Rechazados, Resoluciones Finales Consentidas, En Apelación y archivo provisional en Trámite)