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587238 NORMAS LEGALES Sábado 14 de mayo de 2016 / El Peruano JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Cancelan título de notario público del distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí, distrito notarial del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0109-2016-JUS Lima, 12 de mayo de 2016VISTOS, el O fi cio N° 708-2016-JUS/CN/P, de la Presidenta del Consejo del Notariado; el Informe N° 087-2016-JUS/CN/ST, de la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 415-2016-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio N° 299-2016-CNDNC, de fecha 11 de marzo de 2016, el Decano del Colegio de Notarios del Distrito Notarial del Callao comunica al Consejo del Notariado el fallecimiento del señor Miguel Ángel Fernández Aliaga, a fi n de cancelar su título de notario del distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí, Distrito Notarial del Callao, para lo cual acompaña el Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC y la copias legalizadas de las Actas de Cierre de Registros del Archivo del año 2015 del citado notario; Que, mediante el Informe N° 087-2016-JUS/CN/ST, de fecha 06 de abril de 2016, la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado da cuenta del fallecimiento del señor Miguel Ángel Fernández Aliaga, Notario Público distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí, Distrito Notarial del Callao; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de muerte, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la correspondiente Resolución Ministerial de cancelación de título; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Cancelar por causal de muerte el título de Notario Público del distrito de Santa Eulalia, provincia de Huarochirí, Distrito Notarial del Callao, otorgado al señor Miguel Ángel Fernández Aliaga. Artículo 2 .- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios del Distrito Notarial del Callao, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1379696-1 Cancelan título de notario público del distrito y provincia de Huaura, distrito notarial del Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0110-2016-JUS Lima, 12 de mayo de 2016VISTOS, el O fi cio N° 653-2016-JUS/CN/P, de la Presidenta del Consejo del Notariado; el Informe N° 080-2016-JUS/CN/ST, de la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 408-2016-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio N° 293-2016-CNDNC, de fecha 10 de marzo de 2016, el Decano del Colegio de Notarios del Distrito Notarial del Callao comunica al Consejo del Notariado el fallecimiento del señor Angel Rogelio Flores Lanegra, a fi n de cancelar su título de notario del distrito y provincia de Huaura, Distrito Notarial del Callao, para lo cual acompaña el Acta de Defunción expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC y la copias legalizadas de las Actas de Cierre de Registros del Archivo del año 2015 del citado notario; Que, mediante el Informe N° 080-2016-JUS/CN/ST, de fecha 28 de marzo de 2016, la Secretaria Técnica del Consejo del Notariado da cuenta del fallecimiento del señor Angel Rogelio Flores Lanegra, Notario Público distrito y provincia de Huaura, Distrito Notarial del Callao; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de muerte, por lo que habiendo operado dicha causal, resulta necesario expedir la correspondiente Resolución Ministerial de cancelación de título; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1232, Decreto Legislativo que modi fi ca diversos artículos y Disposiciones Complementarias Transitorias y Finales del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Cancelar por causal de muerte el título de Notario Público del distrito y provincia de Huaura, Distrito Notarial del Callao, otorgado al señor Angel Rogelio Flores Lanegra. Artículo 2 .- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios del Distrito Notarial del Callao, para los fi nes que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1379696-2 PRODUCE Autorizan al IMARPE la ejecución de la “Operación Merluza XXIII” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 173-2016-PRODUCE Lima, 13 de mayo de 2016 VISTOS: El O fi cio N° 246-2016-IMARPE/CD del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, el Informe Nº 166-2016-PRODUCE/DGP-Diropa de la Dirección Ge-neral de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Informe Nº 0087-2016-PRODUCE/OGAJ-cmoulet de la O fi cina Ge- neral de Asesoría Jurídica; y,