Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2016 (14/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 14 de mayo de 2016 /

El Peruano

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

Artículo 1.- Modificación del Texto Único Ordenado del Reglamento del Uso del Sistema GPS Modificar el artículo 1 del Anexo de la Resolución de Consejo Directivo Nº 076-2014-OS/CD, el cual quedará redactado de la siguiente manera: (...) Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación El presente Reglamento tiene por objeto regular el uso del Sistema de Posicionamiento Global (GPS), por parte de las siguientes unidades de transporte: 1.1 De Petróleo Crudo, Gas Licuado de Petróleo, Combustibles Líquidos, Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos y de las unidades que transportan Combustible Líquido en contenedores intermedios (con un volumen mayor a 55 galones), que circulen en los distritos indicados en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-2008-DE-SG y modificatoria; así como, en los departamentos de Cusco, Puno y Madre de Dios. 1.2 De Solvente Nº 1, Solvente Nº 3, Hidrocarburo Alifático Liviano (HAL), Hidrocarburo Acíclico Saturado (HAS), Kerosene de aviación Turbo Jet A1, Kerosene de aviación Turbo JP5, Gasolinas, Gasoholes, Diesel y sus mezclas con Biodiesel que circulen en zonas geográficas señaladas por Decreto Supremo Nº 009-2013-IN y Resolución Ministerial Nº 350-2013-MTC-02, según el Apéndice D. Artículo 2.- Cronograma de Adecuación Establecer, que los responsables de las unidades de transporte que resulten obligadas por la presente resolución, deberán adecuarse a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Reglamento del Uso del Sistema GPS, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 076-2014-OS/CD, conforme al cronograma previsto en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 3.- Publicación Establecer, la publicación de la presente resolución y su Anexo en el diario oficial El Peruano, y junto con su Exposición de Motivos en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo Osinergmin ANEXO
CRONOGRAMA DE SUPERVISIÓN DE GPS EN UNIDADES DE TRANSPORTE 2016 Mayo Empadronamiento y capacitación Junio Supervisión Supervisión Julio

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 080-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 11 de mayo de 2016 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Desarrollo Exportador de PROMPERÚ, en coordinación con la Federación Nacional Forestal ­ FENAFOR, se ha previsto conjuntamente con empresas nacionales fabricantes de muebles de maderas de la Macro Región Oriente, la participación en la "Misión Tecnológica de la Industria del Mueble a Brasil", a realizarse en las ciudades de Bento Goncalves, Garibaldi, Carlos Barbosa, Farroupilha, Sao Sebastián Do Caí y Caxias Do Sul, República Federativa del Brasil, del 16 al 20 de mayo de 2016, con el objetivo de visitar empresas, fábricas y asociaciones brasileras fabricantes de muebles, para conocer técnicas de producción, controles de calidad, diseños de productos, servicios de asesoramiento en procesos y gestión de fabricación, así como equipos y maquinarias que permitan mejorar la producción de muebles en el Perú; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje de la señora Carmen Vela Panduro, quien presta servicios en dicha Dirección, a las ciudades de Bento Goncalves, Garibaldi, Farroupilha, Sao Sebastián Do Caí y Caxias Do Sul, República Federativa del Brasil para que en representación de PROMPERÚ, realice la prospección antes señalada; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a las ciudades de Bento Goncalves, Garibaldi, Carlos Barbosa,

DEPARTAMENTOS Puno (*) Cusco (*)

Empadronamiento y capacitación

(*)Este cronograma resulta de aplicación para: - Los medios de transporte de Hidrocarburos que circulen por los distritos y provincias de los departamentos de Cusco y Puno no contemplados en el Anexo D de la Resolución de Consejo Directivo Nº 076-2014-OS/CD. - Los medios de transporte de Hidrocarburos que circulen por los distritos y provincias de los departamentos de Cusco y Puno contemplados en el Anexo D de la Resolución de Consejo Directivo Nº 076-2014-OS/CD cuando transporten por tales zonas los siguientes productos: Asfaltos, Breas, Lubricantes, Pentano, Hexano y Condensados de Gas natural, Bunker y residuales, GLP y Petróleo crudo.

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