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587267 NORMAS LEGALES Sábado 14 de mayo de 2016 El Peruano / ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 150-2016-CG Item COD. ENTIDAD 1 0311 SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA DEL PERÚ - SENAMHI 2 0335 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CASMA 3 0430 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE 4 0658 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL 13 YAUYOS - UGEL 13 YAUYOS 5 0830 DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD ANCASH 6 2960 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA 7 3383 PROYECTO ESPECIAL CHINECAS 8 4015 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL SANTIAGO DE CHUCO - UGEL SANTIAGO DE CHUCO 9 4218 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL 14 OYÓN - UGEL 14 OYÓN 10 4553 ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MOQUEGUA - EPS MOQUEGUA 11 5418 RED DE SALUD CHILCA MALA SERVICIOS BASICOS DE SALUD 1380289-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Organigrama General de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 155-2016 Arequipa, 23 de marzo del 2016. Visto el O fi cio Nº 160-2016-DGAD de fecha 19 de fe- brero del 2016, CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universi-taria, y se rige por sus respectivos estatutos y regla-mentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una for-mación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, el estado reconoce la autonomía Universitaria, la misma que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley Universitaria y la demás norma-tiva vigente. El artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, referente a la autonomía universitaria establece lo siguien-te: “(…) Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: (…) 8.2De gobierno, implica la potestad au-todeterminativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, ca-racterísticas y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo (…)”. Que, el artículo 6º del Estatuto Universitario, referente a los fi nes de la Universidad señala que: “Son funciones de la Universidad: 6.8 Establecer un sistema de gestión administrativa e fi ciente (…)”. Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universi- taria, en concordancia al artículo 157º del Estatuto Univer-sitario establecen lo siguiente: “El consejo Universitario tiene las siguientes funciones: (…) 59.1 Aprobar a pro-puesta del Rector, los instrumentos de planeamiento de la Universidad (…)”.Que, mediante O fi cio Nº 160-2016-DGAD de fecha 19 de febrero del 2016, la Dirección General de Administra-ción remite al rectorado el proyecto de Organigrama Es-tructural de la Universidad, ello con la fi nalidad de que se efectúe la validación de la composición de los Órganos conformantes de la misma. Que, el Consejo Universitario en su sesión del día 9 de marzo del 2016, acordó aprobar el Organigrama General de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, señalando que todas las mejoras que se puedan realizar se harán llegar a la Asamblea Universitaria. Por estas consideraciones, estando a lo opinado por la Dirección General de Administración y conforme a las atribuciones conferidas al Rectorado por la Ley Universi-taria Nº 30220. SE RESUELVE:Primero.- APROBAR el Organigrama General de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa que for-ma parte de la presente resolución. Segundo.- DISPONER la publicación del presente Organigrama en el portal electrónico de la Institución para conocimiento de las distintas unidades orgánicas. Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina Universitaria de Plani fi cación, la adopción de las acciones conducentes al cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución a las ins- tancias y dependencias de la Universidad para su conoci-miento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese.ROHEL SANCHEZ SANCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1379829-2 Aprueban el Nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 239-2016 Arequipa, 25 de abril del 2016.Visto el O fi cio Nº 258-2016-OUPL/UNSA e Informe Nº 428-2016-OAL, CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, el estado reconoce la autonomía Universitaria, la misma que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley Universitaria y la demás normativa vigente. Que, el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, referente a la autonomía universitaria establece lo siguiente: “(…) Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: (…) 8.1Normativo, implica la potestad auto determinativa para la creación de normas internas (Estatuto y Reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria”. Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en concordancia al artículo 157º del