Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2016 (02/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 2 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

603271

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del MINCETUR a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 360-2016-MINCETUR Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el órgano competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; es responsable en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales; promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, del 02 al 04 de noviembre de 2016, se llevará a cabo el Encuentro Presidencial y el II Gabinete de Ministros Binacional Perú ­ Bolivia, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, durante el cual los Presidentes de ambos países suscribirán la Declaración de Sucre, y se llevarán a cabo dos reuniones técnicas, en las que se abordarán los temas prioritarios establecidos en los siguientes ejes: i) Medio Ambiente y Recursos Hídricos Transfronterizos; ii) Seguridad y Defensa; iii) Desarrollo Económico, Políticas Sociales y Fortalecimiento Institucional; iv) Asuntos Ambientales, Energéticos y Mineros; y v) Infraestructura para la Integración y el Desarrollo; Que, en el marco de dichos ejes, el MINCETUR asumió algunos compromisos durante el año 2016, entre ellos: a) promover encuentros comerciales con la participación de empresarios de ambos países, lo que ha permitido concretar el II Encuentro Empresarial entre el Perú y Bolivia a desarrollarse en la ciudad de Puno, el 19 de noviembre próximo; b) promover encuentros comerciales entre ambos países en el ámbito turístico, facilitando el flujo turístico, proporcionando al turista la debida información y asistencia en los puntos fronterizos; c) posibilitar el intercambio de experiencias e información en el ámbito turístico y comercial; d) intercambiar propuestas de convenios para la promoción comercial y turística, comprometiéndose a evaluarlas en el marco de sus competencias; Que, el MINCETUR, a través del Viceministerio de Turismo, se encarga de formular y ejecutar y evaluar la política y estrategia de desarrollo de la actividad turística y artesanal; asimismo fomentar el turismo y la artesanía en términos de eficiencia y competitividad, en coordinación con los sectores e instituciones vinculadas a su ámbito de competencia, evaluando los convenios y acuerdos de carácter internacional en materia de turismo; Que, en tal sentido, se considera necesario autorizar el viaje de la señorita Karina Patricia Morales Cuba, profesional que presta servicios en la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, para que en representación del MINCETUR participe en las reuniones técnicas que abordarán el planteamiento, discusión y consenso de los nuevos compromisos para el año 2017, y efectuarán el reporte del cumplimiento de los compromisos asumidos del año 2016, en el marco de de los temas prioritarios establecidos en los ejes antes mencionados; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;

De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 0562013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señorita Karina Patricia Morales Cuba, profesional que presta servicios al Viceministerio de Turismo, a la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 02 al 06 de noviembre de 2016, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en el Encuentro Presidencial y el II Gabinete de Ministros Binacional Perú ­ Bolivia, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ Viáticos (US$ 370,00 x 04 días) : US$ 401,43 1 480,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Morales Cuba, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá. Asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1448377-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de encargaturas de los cargos de especialistas en educación
DECRETO SUPREMO Nº 298-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación tiene como una de sus funciones, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, el literal i) del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que el citado Ministerio tiene como una de sus funciones, el promover una gestión descentralizada, orientada a la prestación de servicios educativos de calidad, a través de la articulación, asistencia técnica y fortalecimiento de las capacidades

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