Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2016 (04/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 4 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

603519

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1449351-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban renuncia parcial de un área de la afectación de área de terreno de mayor extensión ubicado en el Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú
ACUERDO DE CONCEJO Nº 077-2016/MDA Ate, 29 de setiembre de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de Setiembre del 2016, el Documento Nº 38764-2016 del señor Pedro Sulca Chacón Presidente del Comité Cívico de Cooperación Pro-Construcción de Cuartel y Equipamiento de la Compañía de Bomberos Voluntarios de Huaycán; el Informe Nº 093-2016-MDA/GAF-SGPSGCP del Área de Control Patrimonial; el Memorándum Nº 444-2016, Nº 640-2016 e Informe Nº 194-2016MDA/GAF-SGPSG de la Sub Gerencia de Patrimonio y Servicios Generales; el Memorándum Nº 118-2016-MDA/ GIP/SGEP de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos; el Informe Nº 829-2016-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 33-2016-MDA/GIPSGEP-ACHM del Área Técnica de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos; el Proveído Nº 1217-2016-MDA/ GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad, con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política, modificada por Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Reconociendo su facultad de ejercer Actos de Gobierno y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Resolución Departamental Nº0572014-IV CDLC-CGBVP, emitida por la Comandancia Departamental IV Comandancia Lima Centro ­ CGBVP, en el marco de la Directiva Nº 001-2005.CGBVP-VCG, la Comandancia Departamental autorizo el funcionamiento del Pro Comité Cívico para la Compañía de Bomberos Voluntarios Huaycón del Distrito de Ate; asimismo designó como los integrantes del Comité Cívico a: Pedro Sulca Chacón ­ Presidente; Arturo Ascarza Araujo ­ Vicepresidente;: Carmen Ramírez Diestro ­ Tesorera; Federico Godiño Quincho ­ Secretario; Walter José Ortega Yllanes ­ Primer Vocal; Carlos Javier Marchan Pumacayo ­ Segundo Vocal; y, Elena Teófila Ochoa Flores ­ Tercera Vocal. Conforme a lo señalado en el artículo 3º de la citada resolución, la finalidad del Comité Cívico Pro Compañía es para la construcción de la Compañía de Bomberos de Huaycán, del Distrito de Ate, en coordinación con el Cuerpo General de Bomberos del Perú; Que, mediante Resolución Nº 725-2015-COFOPRI/ OZLC, el Organismo de Formalización de la Propiedad

Informal ­ COFOPRI, declara el mejor derecho de posesión y dispone la afectación en uso por tiempo indefinido y la emisión del correspondiente título de afectación en uso del Lote 6, Manzana NS4 Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycán, Zona O ­ Ate, Lima, con un área de 11,025.90 m2., inscrito bajo el Código Nº P02205266, del Registro de Predios Zona Registral Nº IX Sede Lima - SUNARP, a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, para que lo destine a servicios múltiples; dicha afectación en uso fue solicitada por la Municipalidad de Ate, en mérito al Oficio Nº 099-2013-MDA/GAF-SGPSG, de fecha 05 de marzo de 2013. ingresado con la solicitud Nº 2013017755, de fecha 08 de marzo de 2013, por la Sub-Gerencia de Patrimonio y Servicios Generales de la Corporación Municipal, para destinarlo a administración municipal, educación, deporte, recreación y otros; asimismo cabe resaltar, que coadyuvó a dicha afectación en uso el apoyo del Pro Comité Cívico para la Compañía de Bomberos Voluntarios de Huaycán del Distrito de Ate, quienes mediante solicitud Nº 2014091896-02 de fecha 05 de noviembre de 2014 y, solicitud Nº 2014109208, de fecha 19 de diciembre de 2014, a través de su Presidente, el señor Pedro Sulca Chacón, solicitaron la afectación de uso del predio en mención a favor de la Municipalidad Distrital de Ate, a efectos que se ceda un área aproximada de 1,000m2, para la construcción de una estación de bomberos en la zona; Que, mediante Documento Nº 38764-2016 el Pro Comité Cívico de Cooperación Pro Compañía de Bomberos de Huaycán, solicita que la Entidad apruebe la extinción parcial, por causal de renuncia, de un área de 1,000 m2., del terreno afectado en uso a esta Corporación Edil, ubicado en el núcleo de servicio de la zona "O", señalado en el anterior considerando, a fin de que en dicha área se pueda llevar a cabo la construcción de un cuartel y equipamiento de la Compañía de Bomberos Voluntarios de Huaycán; Que, con respecto a la ubicación de la Compañía de Bomberos en el terreno mencionado, la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos a través del Memorándum Nº 118-2016-MDA-GIP/SGEP, remite una propuesta de ubicación en el terreno NS4 Lt. 06, Zona O Huaycán, en un área de 1,054.05 m2., precisando que se ha realizado una modificación de la distribución del Núcleo de Servicios, incluyéndose el ítem 07 correspondiente a la Subestación de Bomberos con un área de 1054.05 m2.; en consecuencia, existiría una variación en las áreas de los ítems 1, 2, 3 y en la vía de ingreso; es decir, se reduce el área para vivero municipal y área de expansión (arborización ); señalando que cualquier modificación de áreas afectará el primer planteamiento, es por ello que se debería definir cuáles serán los servicios principales que ofrecerá el complejo que la municipalidad tiene proyectado realizar en dicho terreno; Que, mediante Informe Nº 194-2016-MDA/GAFSGPSG, la Sub Gerencia de Patrimonio y Servicios Generales solicita opinión legal respecto a la solicitud del Comité Cívico de Cooperación Pro-Construcción de Cuartel y Equipamiento de la Compañía de Bomberos Voluntarios de Huaycán, respecto a la extinción parcial por causal de renuncia de la afectación en uso del terreno ubicado en la NS4, Lt. 06 Zona O Huaycán, para la ubicación de un cuartel para la Compañía de Bomberos de Huaycán dentro del terreno afectado en uso a favor de esta Municipalidad; Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que en sus artículos 13º y 14º, inciso 14.1, literal d, que la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el ente rector responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, teniendo entre sus funciones y atribuciones exclusivas, "Supervisar los bienes estatales, así como el cumplimiento del debido procedimiento y de los actos que ejecuten las entidades pertenecientes al sistema Nacional de Bienes Estatales. En caso que la SBN determine infracciones a la normatividad, pondrá las mismas en conocimiento de la entidad pública correspondiente y de la Contraloría General de la República, para las acciones correctivas y

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