Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 17 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES
ANEXO
N° NOMBRE DE AGENCIA DIRECCIÓN

604391

Con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias Corporativa de Potencial Humano y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a la señora AUREA NATALI CORNEJO FARFAN DE CARDENAS en el cargo de confianza de Asistente 1-A de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza Nº 002 del Cuadro para Asignación de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado con Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ONPE y sus actualizaciones. Artículo Segundo.-. Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe 1454555-1
1

DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO

Hub Negocios Av. Benavides Benavides N°1944, Interior 701 Hub Hipotecario Maranga Av. Rafael Escardó 491, Oficina 201, Maranga

Miraflores

Lima

Lima

2

San Miguel

Lima

Lima

1453811-1 RESOLUCIÓN SBS N° 5666-2016 Lima, 26 de octubre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, ubicada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura y cierre temporal de agencias, y la apertura de oficinas especiales permanentes, en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS N° 5665-2016 Lima, 26 de octubre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (02) oficinas especiales permanentes, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de las referidas oficinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de dos (02) oficinas especiales permanentes, cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca

Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la agencia "Enalta Benavides" ubicada en Av. Benavides N°1944, Interior 702, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1453811-2 RESOLUCIÓN SBS N° 5728-2016 Lima, 31 de octubre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de dos (02) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013;

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