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604391 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2016 El Peruano / Con el visado de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias Corporativa de Potencial Humano y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, a la señora AUREA NATALI CORNEJO FARFAN DE CARDENAS en el cargo de con fi anza de Asistente 1-A de la Jefatura Nacional de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, correspondiente a la Plaza Nº 002 del Cuadro para Asignación de Personal de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado con Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ONPE y sus actualizaciones. Artículo Segundo.- . Publicar la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA Jefe 1454555-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de Crédito del Perú la apertura y cierre temporal de agencias, y la apertura de oficinas especiales permanentes, en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 5665-2016 Lima, 26 de octubre de 2016LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (02) o fi cinas especiales permanentes, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura de las referidas o fi cinas; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de dos (02) o fi cinas especiales permanentes, cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de BancaANEXO N°NOMBRE DE AGENCIADIRECCIÓN DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1Hub Negocios BenavidesAv. Benavides N°1944, Interior 701Mira fl ores Lima Lima 2Hub Hipotecario MarangaAv. Rafael Escardó 491, O fi cina 201, MarangaSan Miguel Lima Lima 1453811-1 RESOLUCIÓN SBS N° 5666-2016 Lima, 26 de octubre de 2016LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la apertura de una (01) agencia, ubicada según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de la agencia “Enalta Benavides” ubicada en Av. Benavides N°1944, Interior 702, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTES Intendente General de Banca 1453811-2 RESOLUCIÓN SBS N° 5728-2016 Lima, 31 de octubre de 2016LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de dos (02) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013;