Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2016 (23/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Miércoles 23 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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por el órgano ejecutante; y que, en el presente caso ha culminado con la emisión de la Resolución de Alcaldía Nº 122-2016-MPB de fecha 20 de setiembre de 2016, mediante la cual se ha aprobado la finalización del Procedimiento Administrativo de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) de Detalle respecto al administrado Municipalidad Distrital de Jazán, con relación al Mercado de Abastos Antiguo, ubicado en la Cuadra 02 de la Av. Sacsahuamán y Cuadra 03 del Jr. Soriano Morgan de la localidad de Pedro Ruiz Gallo, comprensión de la Provincia de Bongará, Departamento de Amazonas; Que, en la Resolución de Alcaldía Nº 122-2016-MPB del visto, en su Artículo Segundo se ha resuelto que la Inspección Técnica de Seguridad a Detalle, ejecutado en el referido Mercado de Abastos Antiguo de Pedro Ruiz Gallo, NO CUMPLE con las condiciones Mínimas de Seguridad en Edificaciones (RNE, CNE y NTP) y presenta un RIESGO ALTO, denegándose el Certificado ITSE; por tanto, en el Artículo Tercero de la citada resolución de alcaldía se ha dispuesto notificar a la Municipalidad Distrital de Jazán a fin que adopte, bajo responsabilidad funcional, las medidas urgentes y pertinentes, para superar el estado de alto riesgo físico existente en el referido mercado de abastos que redundan en perjuicio de la comunidad local; Que, en efecto, de los documentos que integran el expediente administrativo del visto, y que han dado lugar a la emisión de la referida resolución de alcaldía a nivel provincial, se verifica lo siguiente: 1. Se tiene como antecedentes la Constancia de la Sub Gerencia de Defensa Civil del Gobierno Regional de Amazonas de fecha 07 de octubre de 2010 que según el Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Nº 00015 y Carta Nº 03-2010-OZV/ITSDC suscrita por los Inspectores Técnicos de Seguridad en Defensa Civil, verificaron que la infraestructura del Mercado de Abastos de Pedro Ruiz Gallo no cumple con las Normas de Seguridad en Defensa Civil vigentes, y que está en peligro de colapsar, con observaciones insubsanables, en estado inhabitable para mercado de abastos; 2. Los Informes Técnicos: a) Informe Técnico Nº 024-2011-G.R.AMAZONAS-DRSA/DESP-DSACHA de fecha 01 de agosto de 2011; y, b) el Informe Nº 022-2015-G.R.AMAZONAS-DRSA/DESP-DSA/AHA de fecha 21 de setiembre de 2015, emanado de la Gerencia Regional de Desarrollo Social ­ Dirección Regional de Salud Amazonas, en el cual, tomando como base legal al D.S. Nº 007-98 ­Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas- y la Resolución Ministerial Nº 282-2003SA/DM ­Norma Sanitaria para el Funcionamiento de Mercados de Abastos-, vigentes al momento de su emisión, han concluido, entre otras observaciones, que de las inspecciones realizadas se determinó que el mercado de abastos no cumple con los requisitos exigidos por la referida norma sanitaria como para que siga funcionando como tal, ya que no asegura la calidad sanitaria e inocuidad de los alimentos y bebidas que se comercializan, o reúnen las condiciones higiénicas sanitarias, así como su infraestructura; existiendo riesgo de contaminación cruzada, ocurrencia de intoxicaciones y enfermedades de trasmisión alimentaria, infestación de factores y roedores; y que, por el material utilizado en el acondicionamiento de los puestos de venta, por ser inflamables (plásticos, madera, tela) existe peligro de la ocurrencia de incendio; 3. El Informe de Estimación de Riesgo de fecha 30 de Octubre 2015, suscrito por los profesionales de estimación de riesgo de la Plataforma Regional de Defensa Civil - Amazonas, en sus conclusiones se ha señalado que, en cuanto a los peligros de inundaciones e instalaciones eléctricas se encuentra en RIESGO MUY ALTO, los peligros en deslizamientos, erosión fluvial y Contaminación Ambiental, del Mercado de Abastos antiguo de Pedro Ruiz Gallo, presenta un "RIESGO ALTO"; por tanto, según el referido informe: "El mercado minorista antiguo y predios de los ciudadanos del Sector Shíquite y Av. Sacsahuamán de la Localidad de Pedro Ruiz Gallo, a la fecha no ha superado el Alto Riesgo en

la que se encontraba, pese que en un tramo del sector ha sido descolmatado, las viviendas que se encuentran al margen de la quebraba Shíquite hasta la desembocadura al Río Utcubamba se encuentran en alto Riesgo", y se recomienda a la municipalidad distrital de Jazán, gestionar y ubicar el terreno para la reubicación del mercado minorista y las viviendas que están en ALTO RIESGO; 4. Que, mediante Carta Nº 002-2016-ITSE/NRSV/IT, con registro de fecha 23 de junio de 2016, el Coordinador del Grupo Inspector, elevó el Informe de Ejecución de ITSE de DETALLE, ejecutado en el Mercado de Abastos Antiguo de la localidad de Pedro Ruiz Gallo, donde han concluido que el objeto de la inspección presenta nivel de Riesgo Alto y NO CUMPLE con las condiciones mínimas de Seguridad en Edificaciones (RNE, CNE y NTP), donde se describen los puntos críticos y el plazo de levantamiento de observaciones; asimismo, recomendó que se notifique al administrado (Municipalidad Distrital de Jazán) para que adopten las medidas urgentes para resolver y combatir el alto riesgo; 5. Que, mediante Oficio Nº 421-2016/MDJ-A, de fecha 08 de agosto de 2016, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Jazán comunica que las circunstancias fácticas hacen que sea algo imposible levantar las observaciones, en razón que dicho mercado de abastos presenta, en varias vertientes Peligro de ALTO RIESGO, y en mérito a ello se ha emitido la Carta Nº 004-2016-ITSE/NRSV/IT, de fecha 11 de agosto de 2016, suscrito por el Coordinador del Grupo Inspector, donde se ha informado a la Municipalidad Provincial de Bongará, que la Municipalidad Distrital de Jazán no ha cumplido con las implementaciones estructurales, no estructurales y funcionales, concluyendo que, acorde con lo dispuesto por el D.S. Nº 058-2014-PCM se debe emitir la Resolución de finalización de procedimiento administrativo indicando que el objeto de inspección NO CUMPLE con las condiciones mínimas de seguridad en edificaciones (RNE, CNE y NTP), y mantiene la condición de Riesgo Alto, dando por finalizada el procedimiento administrativo; 6. Que, mediante el Informe Nº 684-2016/GIDLMDJ/BA de fecha 20 de octubre de 2016, procedente de la Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Local de la Municipalidad Distrital de Jazán ha concluido que el Mercado de Abastos Antiguo y predios de los ciudadanos del Sector de la Quebrada Shiquite y Av. Sacsahuamán de la Localidad de Pedro Ruiz Gallo, presenta Riesgo Alto según la evaluación de Defensa Civil Plataforma Regional y que de acuerdo al ITSE de Detalle no cumple con las condiciones mínimas de Seguridad en Edificaciones, y que la mayoría de la infraestructura se encuentra con riesgo de colapso, recomendando la reubicación a los comerciantes del mercado de abastos antiguo y la demolición de las estructuras, para no poner en riesgo a la población y a los que siguen ocupando dichas áreas; Que, estando a los antecedentes señalados, el Artículo 49º de la Ley Nº 27972 ­Ley Orgánica de Municipalidades-, confiere facultades a la autoridad municipal disponiendo, con carácter de imperatividad que "La autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento está prohibido legalmente o constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad pública, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de defensa civil, o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudícales para la salud o la tranquilad del vecindario". "La autoridad municipal" puede ordenar el retiro de materiales o la demolición de obras e instalaciones que ocupen las vías públicas o mandar ejecutar la orden por cuenta del infractor, con el auxilio de la fuerza pública o a través del ejecutor coactivo, cuando corresponda". Que, estando a esta difícil situación de Riesgo Alto por el cual está atravesando el antiguo mercado de abastos de Pedro Ruiz Gallo, centro en el cual realizan sus actividades comerciales, ciudadanos como entes humanos, en condiciones deplorables, ya que, como ha quedado sustentado con los múltiples informes

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