Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2016 (23/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 23 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604945

ANEXO INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA CANAL MADRE CHAVIMOCHIC TERCERA ETAPA - SECTOR EL MILAGRO, Y VALOR DE LA TASACION
CODIGO DE SUJETO ACTIVO / Nº IDENTIFICACION BENEFICIARIO DEL PREDIO VALOR DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES

SUJETO PASIVO

UBICACIÓN LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DEL LOTE Con área arqueológica (Muralla Norte: Pre Hispánica), entre los vértices Nº 1 al Nº 2.

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL

1 PP-EM-06 PROYECTO ESPECIAL CHAVIMOCHIC ISABEL LARCO DE BERNARDI DE Sur: ALVAREZ CALDERON y OTROS. Con el área Cerro Cabra C VALOR (Canal Madre III Etapa), entre DEL AREA los vértices Nº 11 al Nº 12. AFECTADA SEGÚN TASACION: Con área del mismo predio Lote El Milagro 3, entre los S/. 278,178.00 vértices Nº 2 al Nº 11.

VERTICE 1 2 3 4 Con área del mismo predio Oeste: Lote El Milagro 3, entre los vértices Nº 12 al Nº 1. VALOR TOTAL DEL AREA AFECTADA: AREA AFECTADA DEL TERRENO 9.2726 Hectáreas PARTIDA REGISTRAL: 11160072 SUNARP ZONA REGISTRAL V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BUSQUEDA CATASTRAL. Expedido el 03.09.2015, mediante INFORME Nº 5735-2015-ZR-V-ST/OC, emitido por la Oficina de Catastro de la Zona Registral Nº V de la Sede de Trujillo. S/. 278,178.00 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 1 Area ( Ha ) Perímetro (ml.)

ESTE 712396.821 712434.259 712447.804 712468.667 712953.134 712971.309 712990.942 713774.164 713800.950 713816.696 713828.220 713851.847 713894.102 713792.946 713771.118 713754.718 713745.975 713728.063 712940.752 712666.701 712646.502 712613.483 712449.742 712438.309 712425.436 712406.805 712396.821

NORTE 9116650.143 9116661.818 9116673.457 9116668.827 9116226.813 9116211.893 9116198.953 9115739.524 9115699.409 9115585.349 9115558.526 9115541.380 9115525.516 9115522.577 9115549.880 9115668.680 9115691.701 9115708.599 9116170.426 9116420.462 9116480.184 9116469.017 9116618.410 9116624.348 9116623.804 9116617.982 9116650.143

DISTANCIA (ml.)

39.216 17.858 21.371 655.809 23.514 23.514 908.026 48.236 115.141 29.194 29.194 45.135 101.199 34.956 119.926 24.625 24.625 912.766 370.975 63.045 34.856 221.652 12.884 12.884 19.519 33.675 9.2726 3,943.795

Este:

1454323-12 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regional, en el artículo 10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto;

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Ordenanza que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Educación y sus Unidades de Gestión Educativa Local
ORDENANZA REGIONAL Nº 370-2016/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la

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