Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de octubre de 2016 /

El Peruano

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN BORJA VISTOS; en la XVIII-2016 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de setiembre de 2016, el Memorándum N° 459-2016-MSB-SG de Secretaría General, la Carta N° 008-2016-LCV del observatorio ciudadano Lima Cómo Vamos, el Informe N° 248-2016-MSB-GAF de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 124-2016-MSB-GAF-UC de la Unidad de Contabilidad, el Informe N° 1005-2016-MSB-GAF/UA de la Unidad de Abastecimiento, el Informe N° 817-2016-MSB-GMGPE-UPE de la Unidad de Presupuesto y Estadística y el Informe N° 307-2016-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; sobre la autorización de viaje al señor Alcalde, del 15 al 22 de octubre de 2016, para asistir en representación de la Municipalidad, al side event: "Creative collaboration on climate change and public spaces regeneration for making better cities", en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, Hábitat III, en la ciudad de Quito, Ecuador; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía conforme lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Memorándum N° 459-2016-MSB-SG de fecha 19 de setiembre de 2016, Secretaría General remitió la Carta N° 008-2016-LCV del observatorio ciudadano Lima Cómo Vamos, invitando al señor Alcalde a participar en el side event: "Creative collaboration on climate change and public spaces regeneration for making better cities", en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, Hábitat III, que se realizará del 17 al 20 de octubre de 2016, en la ciudad de Quito, Ecuador; Que, con Informe N° 248-2016-MSB-GAF de fecha 21 de setiembre de 2016, la Gerencia de Administración y Finanzas remitió el Informe N° 124-2016-MSB-GAF-UC de la Unidad de Contabilidad señalando que la escala de viáticos correspondiente para la zona geográfica de América del Sur es de US$370.00 (Trescientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos) por día, de conformidad con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, por lo que corresponde por cuatro (04) días un importe de US$1,480.00 (Un Mil Cuatrocientos Ochenta y 00/100 Dólares Americanos), a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América, de acuerdo con el artículo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, haciendo un total de US$1,850.00 (Un Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos), debiendo presentar la rendición de cuentas correspondiente sustentando los gastos dentro de los quince (15) días siguientes de su retorno al país. Asimismo, remitió el Informe N° 1005-2016-MSBGAF/UA de la Unidad de Abastecimiento adjuntando la cotización de pasajes del 15 al 22 de octubre a una tarifa ascendente a US$674.52 (Seiscientos Setenta y Cuatro y 52/100 Dólares Americanos), más US$25.00 (Veinticinco y 00/100 Dólares Americanos) por gastos de emisión más IGV, haciendo un total de US$704.02 (Setecientos Cuatro y 02/100 Dólares Americanos); Que, en Informe N° 817-2016-MSB-GM-GPE-UPE de fecha 22 de setiembre de 2016, la Unidad de Presupuesto y Estadística indicó que la solicitud de viaje cuenta con disponibilidad presupuestal en la Partida 2.3.2.1.1.2 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios, importe ascendente a S/6,475.00 (Seis Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, en Informe N° 307-2016-MSB-GM-GAJ de fecha 22 de setiembre de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica señaló que la Ley N° 27619, modificada por las

Leyes N° 29142 y N° 29465, regula el procedimiento y las condiciones legales que deben observarse para autorizar el viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado, cuando irrogue gastos al Tesoro Público, aprobándose con Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus posteriores modificatorias, las normas que reglamentan las autorizaciones de la materia. Que, el artículo 8° del mencionado Decreto señala que los viáticos se otorgarán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América, como en el presente caso; en su artículo 10° dispone que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el viaje, el funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Que, de conformidad con la Escala de Viáticos aprobada con Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, establece en su artículo 5° que, los gastos por concepto de viáticos a América del Sur, corresponde el monto de US$370.00 (Trescientos Setenta y 00/100 Dólares Americanos) diarios. Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, si bien dispone como medidas de austeridad, la prohibición de viajes de los servidores o funcionarios, realiza la salvedad para alcaldes y regidores cuyas autorizaciones se aprueban mediante acuerdo del Concejo Municipal. Que, el numeral 11) del artículo 9° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal "autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario.". Asimismo, señaló que de los Informes Técnicos se desprende que existe la previsión presupuestaria para ejecutar recursos para el viaje solicitado proyectando el monto de US$704.02 (Setecientos Cuatro y 02/100 Dólares Americanos) para pasajes aéreos incluido impuestos y el monto de US$1,850.00 (Un Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Dólares Americanos) para viáticos por cinco (05) días, haciendo un total de US$2,554.02 (Dos Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro y 02/100 Dólares Americanos). Finalmente, opinó por la viabilidad de autorizar el viaje del señor Alcalde a Quito, Ecuador del 15 al 22 de octubre, para asistir al side event: "Creative collaboration on climate change and public spaces regeneration for making better cities", en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, Hábitat III; Estando a lo expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 9° y 41° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime de los miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta. ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje al Alcalde, señor Marco Antonio Álvarez Vargas, del 15 al 22 de octubre de 2016, para asistir en representación de la Municipalidad, al side event: "Creative collaboration on climate change and public spaces regeneration for making better cities", en el marco de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Vivienda y Desarrollo Urbano Sostenible, Hábitat III, en la ciudad de Quito, Ecuador; después del cual deberá presentar al Concejo Municipal el informe de ley. Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje de acuerdo al detalle siguiente:
Pasajes Lima/Quito/Lima incluido Gasto US$ 704.02 Dólares Americanos de Gestión Viáticos (05 días) según escala Decreto US$ 1,850.00 Dólares Americanos Supremo N° 056-2013-PCM TOTAL US$ 2,554.02 Dólares Americanos

Artículo Tercero.- Conceder licencia con goce de haber al señor Alcalde, del 15 al 22 de octubre de 2016, encargándose el despacho de Alcaldía, al Teniente Alcalde, señor Alberto von der Heyde Biosca, de

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