Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 115

El Peruano / Jueves 13 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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vecinales, será publicado en un "módulo de votación por internet" dentro del Portal Institucional de la municipalidad, para la votación (por internet) de las personas naturales y representantes de organizaciones debidamente inscritas de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 9 y 10 de la presente ordenanza. Cada persona natural y/o representante de organizaciones registrado en dicho módulo podrá votar hasta por tres (3) propuestas de proyectos presentados. Culminada esta segunda etapa de votación, la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información publicará el resultado de acuerdo al número de votación por cada propuesta. Las propuestas que alcancen mayor votación en esta segunda etapa obtendrán el puntaje de cinco (5) y este puntaje decrecerá hasta la cuarta propuesta más votada, de acuerdo al total de votación obtenido de mayor a menor, hasta el puntaje de dos (2). Las propuestas que no tengan votos obtendrán el puntaje de uno (1). Si hay empate en la votación de las propuestas se otorgará el mismo puntaje a cada una. Estos valores se sumarán al total de los puntajes de la evaluación resultante en el Artículo 32 de esta ordenanza. Tomando en consideración lo dispuesto en el presente artículo se obtiene el Cuadro de Priorización Final. Artículo 34º.- De la concertación de las propuestas de proyectos El Equipo Técnico publicará, a través del portal institucional de la entidad, el Cuadro de Priorización Final y sustentará el procedimiento seguido de acuerdo a lo señalado en la presente ordenanza. Tomando en cuenta el monto asignado al presupuesto participativo del año 2017, las propuestas deberán ser ordenadas hasta donde alcance el total del monto descrito en el Artículo 7 de la presente ordenanza. El listado de las propuestas concertadas resultantes del Cuadro Priorización Final se informará en el Taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos. En el caso de empate de los puntajes totales obtenidos en el cuadro de priorización, será resuelto a través de una votación de los agentes representantes de organizaciones en el talle que habrá de convocarse para tal efecto. El proyecto ganador se obtendrá a través de la mayoría simple que resulte. El procedimiento se llevará a cabo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 11 de la presente ordenanza. Aquellas propuestas que no alcancen el puntaje mínimo de acuerdo al monto del proceso conformarán el banco de proyectos del presupuesto participativo del año 2017. Artículo 35º.- Fase de Coordinación De existir proyectos de inversión pública que resulten priorizados en el proceso del presupuesto participativo del año 2017, que sean de ámbito metropolitano, se implementarán mecanismos de coordinación entre la Municipalidad de Miraflores y la Municipalidad Metropolitana de Lima, estableciendo compromisos que aseguren la inversión y ejecución de manera eficiente. El Alcalde informará al Consejo de Coordinación Local Distrital respecto de los acuerdos y propuestas de proyectos de inversión pública, cuyo ámbito de ejecución, competencia o impacto, de ser el caso, sea del ámbito metropolitano. Artículo 36º.- Fase de Formalización Esta fase comprenden las siguientes etapas: 1. Formalización de acuerdos y compromisos en el marco del proceso del presupuesto participativo del año 2016 y su inclusión en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Miraflores para el Año Fiscal 2017: Los proyectos que resulten priorizados y suscritos en el Acta de Acuerdos del Presupuesto Participativo del Año 2017, hasta donde alcance el monto del presupuesto participativo del año 2017 para la aprobación por el Concejo Municipal. Asimismo, las unidades orgánicas competentes deben elaborar el cronograma de ejecución de proyectos, que formará parte del informe final del presupuesto participativo del año 2017.

2. Rendición de Cuentas: Para ello se debe implementar un Taller de Rendición de Cuentas dentro del cronograma del presupuesto participativo del año 2017, en donde se informe a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. La rendición de cuentas estará a cargo del Alcalde o del funcionario municipal que se le delegue para tal fin. Título VII De la Formalización de Acuerdos del Presupuesto Participativo del Año 2017 Artículo 37º.- Del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo del Año 2017 Todos los agentes participantes presentes en el taller de formalización de acuerdos firman un acta, donde se consigna los proyectos que alcanzaron el puntaje requerido en el monto designado para el proceso del presupuesto participativo del año 2017, tomando como referencia lo descrito en el Artículo 34 de la presente ordenanza. Dicha acta forma parte del informe final del presupuesto participativo del año 2017. En dicha acta constará el nombre de los miembros del Comité de Vigilancia que se elegirá en el taller descrito. El acta de acuerdos y compromisos del presupuesto participativo del año 2017 será publicado en la página web (www.miraflores.gob.pe). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Perfeccionamiento técnico de proyectos Si en la etapa de ejecución alguno de los proyectos priorizados en el presupuesto participativo no puede ser ejecutado, sustentado en los informes de la unidad formuladora o unidad ejecutora, según corresponda, el Alcalde dispondrá el reemplazo de dicho proyecto por otro, previo informe técnico elaborado para tal fin por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de la Subgerencia de Presupuesto. El reemplazo del proyecto se realizará de acuerdo a la escala de prioridades concertada, de encontrarse con declaratoria de viabilidad el proyecto. Cabe precisar que, estas acciones deben contar con el conocimiento del Consejo de Coordinación Local Distrital y del Comité de Vigilancia. Segunda.- Responsabilidad Las unidades orgánicas son responsables de brindar todo el apoyo necesario para cumplir con todas las actividades previstas en el cronograma de actividades del proceso del presupuesto participativo del año 2017. Tercera.- De la modificación del cronograma de actividades del proceso El presidente del equipo técnico podrá modificar el cronograma de actividades del proceso (Anexo 1), siempre y cuando se publique en la página web (www. miraflores.gob.pe) el cronograma modificado con una anticipación de cinco (5) días calendario. Cuarta.- Aspectos no previstos en la presente ordenanza Los aspectos no previstos en la presente ordenanza serán resueltos por el Equipo Técnico, tomando como referencia la normatividad especial emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, vigente al momento de la convocatoria del proceso. 1439820-1

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Autorizan viaje de Alcalde a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 061-2016-MSB-C San Borja, 28 de setiembre de 2016.

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