Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Jueves 13 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 20º.- Funciones del comité de vigilancia Son funciones del comité de vigilancia: a. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del presupuesto participativo en la aprobación y ejecución del presupuesto institucional, verificando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso. b. Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondiente a los proyectos priorizados en el proceso participativo, a fin de facilitar la vigilancia. c. Vigilar que los recursos de la municipalidad destinados al presupuesto participativo de cada año fiscal sea invertido de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d. Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversión, si los hubiera, incluidos en el proceso participativo. e. Solicitar formalmente al Alcalde, de acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiera para desarrollar de forma adecuada las tareas de vigilancia. f. Informar, por escrito, al Concejo Municipal, Consejo de Coordinación Local Distrital de Miraflores, Contraloría General de la República, Ministerio Público, Defensoría del Pueblo y otras dependencias públicas especializadas, el incumplimiento de los acuerdos suscritos en el proceso de presupuesto participativo. g. Informar semestralmente, por escrito, al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre los resultados de vigilancia. A fin de ejecutar las acciones previstas, el comité de vigilancia está exonerado del pago de los derechos de copia de los documentos solicitados, siempre y cuando sean documentos necesarios para la ejecución de los fines previstos. Artículo 21º.- Reuniones y adopción de acuerdos El comité de vigilancia del presupuesto participativo se reunirá de forma ordinaria, trimestralmente, para elaborar el informe sobre los avances y resultados de la vigilancia, el mismo que se comunicará al Consejo de Coordinación Local Distrital y a la Sociedad Civil, a través de la página web institucional. Los cinco (5) miembros elegidos designarán a un (1) representante ante la municipalidad, para la realización de las coordinaciones necesarias con respecto a sus tareas. Los acuerdos y actividades ordinarias se registrarán en un libro de actas, a ser entregado por la Gerencia de Participación Vecinal al inicio de sus funciones y podrá ser solicitado por dicha gerencia en cualquier etapa del proceso. Título VI Del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2017 Artículo 22º.- Fases del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo 2017 a. Preparación. b. Concertación. c. Coordinación. d. Formalización. El proceso del presupuesto participativo para el año fiscal 2017 se desarrollará de acuerdo al cronograma de actividades que obra en el Anexo1 y que es parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 23º.- Fase de preparación La fase de preparación del proceso estará a cargo del Equipo Técnico y comprende la ejecución de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identificación, registro y capacitación de los agentes participantes para el adecuado desarrollo del proceso, según como sigue:

a. Durante el proceso del presupuesto participativo se desarrollarán mecanismos de comunicación a fin que la colectividad se encuentre debidamente informada sobre los avances y resultados del proceso, para lo cual pueden utilizar diversos medios de comunicación, incluyendo el portal electrónico de la Municipalidad de Miraflores, entre otros. b. La sensibilización es de suma importancia con la finalidad de promover la participación responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen. Es necesario que la sociedad civil se involucre en el desarrollo del proceso, a fin que con su participación contribuyan al desarrollo local. c. La convocatoria programada por el equipo técnico del proceso se difundirá haciendo uso de los medios de comunicación adecuados para el ámbito de la jurisdicción del distrito, garantizando una correcta y eficiente comunicación con los agentes participantes. d. La identificación y registro de los agentes participantes se efectuará a través de las formas de registro de cada uno de ellos, establecidas en los Artículos 8 y 10 de la presente ordenanza. e. Capacitación de agentes participantes, mediante talleres programados, ajustándose a las necesidades y características de la población del distrito. Artículo 24º.- Fase de concertación En esta fase el equipo técnico y los agentes participantes, en su totalidad, desarrollan en conjunto un trabajo concertado de diagnóstico, identificación y priorización de resultados, a ser plasmados en proyectos de inversión pública eficientes. En esta fase se desarrollan las siguientes actividades: - Talleres de capacitación. - Talleres de Identificación y priorización de resultados - Evaluación técnica de proyectos. - Taller de presentación de la priorización de las propuestas de proyectos. - Votación de las propuestas por vecinos y representantes de organizaciones. - Formalización de acuerdos y compromisos del presupuesto participativo del año 2017. Artículo 25º.- De los talleres del presupuesto participativo Dentro de los talleres y/o reuniones vecinales es necesario reglamentar la participación de los agentes participantes en los mismos, resultando aplicables en todas las reuniones vecinales en el marco del proceso del presupuesto participativo de acuerdo al siguiente detalle: a. Todos los talleres se realizarán de acuerdo al cronograma de actividades aprobado y su contenido será de conocimiento público; de modificarse dicho cronograma la publicación respectiva se efectuará a través de la página web institucional indicando día, hora y lugar del taller, con la debida anticipación. b. Los talleres se realizarán en el lugar descrito en el cronograma de actividades y a la hora programada. c. Las personas naturales residentes en Miraflores pueden ingresar a los talleres, siempre y cuando registren al momento de ingreso: nombres y apellidos, dirección, número de DNI y firma correspondiente. d. Los contenidos que se presenten en los talleres del proceso serán de conocimiento público a través del link que estará a disposición en el Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores. e. La duración de cada taller no tendrá una extensión mayor de una hora y media, las exposiciones tendrán una duración prudencial que permita un correcto entendimiento de los conceptos vertidos. Al inicio de cada taller se difundirán los teléfonos y correos electrónicos de los funcionarios responsables de los talleres para que los presentes puedan absolver sus dudas e inquietudes, si así lo consideran. Dentro de cada taller se otorgarán dos (2) minutos a cada agente participante para que formulen sus preguntas y opiniones, de ser el caso. f. Los talleres del presupuesto participativo son una instancia abocada de manera integral a los objetivos

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