Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2016 (13/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de octubre de 2016 /

El Peruano

plasmados en la presente ordenanza; cualquier tema o concepto que tenga que ver con la administración del gobierno local se deberá canalizar ante las gerencias respectivas; para ello, el Equipo Técnico ofrecerá las facilidades del caso al público asistente. g. Los agentes participantes que ingresen a los talleres, así como el público en general, tienen el derecho a participar en todas las actividades del proceso de acuerdo a los alcances de la presente ordenanza. En el caso de alterarse el orden, el Equipo Técnico tiene la facultad de interrumpir el desarrollo del taller para restablecer el orden correspondiente. h. La Municipalidad de Miraflores, de considerarlo pertinente, podrá convocar, previamente a lo dispuesto en el cronograma de actividades, a charlas o talleres abiertos de capacitación dirigidos al público en general, con el objeto de brindar conceptos relevantes referidos al proceso del presupuesto participativo. La convocatoria se hará de público conocimiento a través del portal institucional de la entidad y con la debida anticipación. Artículo 26º.- Talleres de capacitación a los agentes participantes El Equipo Técnico organizará los talleres de capacitación en donde se expondrán los criterios básicos respecto al desarrollo del proceso del presupuesto participativo, así como los lineamientos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Con estos conceptos se podrán proponer, en las siguientes etapas del proceso, las alternativas de solución en base al diagnóstico del distrito. Artículo 27º.- Talleres de trabajo Los talleres de trabajo son convocados a cargo del Equipo Técnico del presupuesto participativo del año 2017. Estos talleres se componen de las siguientes fases: - Diagnóstico del distrito. - Presentación de propuestas de proyectos. - Evaluación de las propuestas de proyectos. - Identificación de propuestas de proyectos. Artículo 28º.- Del diagnóstico del distrito y presentación de alternativas de solución En el marco del cronograma de actividades, el Equipo Técnico del presupuesto participativo presenta a los agentes participantes, en un taller de trabajo, el diagnóstico del distrito, mediante el cual se podrá identificar, de manera plena, las alternativas de solución a los problemas observados. Asimismo, el Equipo Técnico puede disponer de los medios tecnológicos necesarios para solicitar la opinión de los vecinos y con ello delimitar el diagnóstico del distrito. A través de los medios de difusión que el Equipo Técnico disponga, se recogerán las propuestas de proyectos que son las alternativas de solución a problemas específicos enmarcados dentro del diagnóstico del distrito, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 9 de la presente ordenanza. El plazo de presentación de las propuestas de proyectos será de conocimiento público a través del cronograma de actividades del proceso del presupuesto participativo del año 2017. La Municipalidad de Miraflores, a través de sus unidades orgánicas y en mérito a la evaluación del diagnóstico del distrito presentado en los talleres, podrá presentar las propuestas de proyectos o proyectos de inversión, de ser el caso. Artículo 29º.- De la evaluación de las propuestas de proyectos El Equipo Técnico evaluará todas las propuestas presentadas por los agentes, tomando en consideración los requisitos mínimos que debe contemplar en mérito a los principios estipulados en el Artículo 30 de la presente ordenanza, los lineamientos del Sistema Nacional de Inversión Pública y del Ministerio de Economía y Finanzas, así como en lo dispuesto en las líneas estratégicas del Plan de Desarrollo Local Concertado vigente al momento de la ejecución de la convocatoria. El plazo de la presentación de la evaluación técnica de los proyectos será de conocimiento público a través del

cronograma de actividades del proceso del presupuesto participativo del año 2017. Artículo 30º.- De los requisitos mínimos de las propuestas de proyectos Las propuestas presentadas por los agentes participantes en el presupuesto participativo del año 2017, para que posteriormente sean consideradas en la evaluación por parte del Equipo Técnico en el proceso, deben contar con los siguientes requisitos: a. Deben tener correspondencia por lo menos con una de las Líneas Estratégicas del Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito de Miraflores. b. Las propuestas de proyectos deben guardar concordancia con las funciones y competencias de la Municipalidad de Miraflores en el ámbito de su jurisdicción. c. Si una organización y/o institución pública, de ser el caso, presenta una propuesta de proyecto, el mismo deberá contar con el respectivo financiamiento o con el cofinanciamiento del sector privado, sociedad civil o vecinos organizados. Para tal efecto, el Equipo Técnico tendrá en cuenta este requisito. d. Las propuestas de proyectos no podrán ser ejecutados sobre terrenos privados o en litigio. e. No debe existir impedimento legal o funcional para su ejecución por parte de la Municipalidad de Miraflores. f. Las propuestas de proyectos no deben contemplar actividades que se ejecuten de acuerdo a lo estipulado en su Plan Operativo Institucional vigente (en el marco de las propuestas de las instituciones públicas) al momento de la convocatoria del proceso. Artículo 31º.- De la identificación de las propuestas de proyectos El Equipo Técnico, mediante informe, sustentará el resultado de la evaluación previa en un documento que se hará público a través del Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores, con el objeto que los agentes participantes y vecinos en general tengan conocimiento de las propuestas de los proyectos que serán priorizados en el proceso del presupuesto participativo del año 2017. Los informes técnicos podrán ser solicitados a las unidades orgánicas competentes. Artículo 32º.- De los criterios de priorización Culminado el plazo de la presentación de la evaluación técnica de las propuestas de proyectos, el Equipo Técnico priorizará todas las propuestas que superaron la primera fase, teniendo como marco de acción el Cuadro de Priorización adjunto a la presente ordenanza (Anexo 2). Los proyectos priorizados se publicarán en el Portal Institucional de la Municipalidad de Miraflores. La aplicación de la matriz otorgará puntajes para cada propuesta de proyecto. Esta información se consolidará en el cuadro de puntajes, de mayor a menor. Posteriormente, los proyectos priorizados serán sometidos a la fase de votación de proyectos. Artículo 33º.- De la votación de proyectos - Votación presencial de los representantes de organizaciones y juntas vecinales. El listado de las propuestas evaluadas a través de la matriz será sometido a la votación presencial de los representantes de organizaciones y juntas vecinales inscritas. Cada representante votará en un taller presencial, aplicándose lo previsto en el Artículo 11 de la presente ordenanza, en cuanto corresponda, hasta por tres (3) propuestas de proyectos. Finalizada la votación se obtendrá un listado de proyectos hasta el límite de presupuesto asignado en el Artículo 7 de esta ordenanza, el mismo que será sometido a votación electrónica (votación por internet) por parte de las personas naturales y/o representante de organizaciones debidamente inscritas. - Votación por internet de las personas naturales inscritas. El listado de proyectos aprobados luego de la votación presencial de los representantes de organizaciones y juntas

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