Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2016 (21/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 21 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

602079

DESPACHO PRESIDENCIAL
Designan Secretario Técnico de los procedimientos administrativos disciplinarios del Despacho Presidencial
RESOLUCIÓN DE LA SUBSECRETARÍA GENERAL N° 038-2016-DP/SSGPR Lima, 20 de octubre de 2016 VISTO: el Oficio N°777-2016-DP-DGA/DRH de la Dirección de Recursos Humanos del 05 de octubre de 2016 y el Proveído s/n de fecha 06 de octubre de 2016 de la Dirección General de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N°30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, cuyo Título V regula el Régimen Disciplinario y el Procedimiento Sancionador aplicable a los servidores civiles; Que, el artículo 92° de la citada Ley, en concordancia con el artículo 94° de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N°040-2014-PCM, establece que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, que es de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad, pudiendo ser un servidor civil de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones; Que, el literal i) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General antes citado establece que la expresión servidor civil comprende entre otros, a los contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728; así como también precisa que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública, ello en concordancia con lo dispuesto en el numeral 8.1 del artículo 8° de la Directiva N°02-2015-Servir/ GPGSC, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N°101-2015-SERVIR-PE; Que, referida norma establece que el Secretario Técnico estará encargado de: i) precalificar las presuntas faltas, ii) documentar la actividad probatoria, iii) proponer la fundamentación y iv) administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública, así como no tiene capacidad de decisión y sus informes y opiniones no son vinculantes dependiendo funcionalmente de la oficina de recursos humanos de la entidad o la que haga sus veces; Que, mediante el documento del visto el Director de Recursos Humanos del Despacho Presidencial propone a la persona que bajo su consideración puede desempeñar las funciones de Secretario Técnico de los procedimientos administrativos disciplinarios de la entidad, en adición a sus funciones que viene desempeñando como trabajador del régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728; Que, por lo expuesto y en virtud a lo establecido en el artículo 18°del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM, corresponde a la Subsecretaría General de la Presidencia de la República, máxima autoridad administrativa de la entidad, proceder conforme a la propuesta del Director de Recursos Humanos y designar a la persona que ejercerá las funciones de Secretario Técnico de los procedimientos administrativos disciplinarios del Despacho Presidencial; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N°040-2014-PCM; y, los literales c) y g) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo N° 077-2016-PCM; Con los vistos de la Oficina General de Administración, la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

Artículo 1.- Designar al señor Ramiro Cueva Vega como Secretario Técnico de los procedimientos administrativos disciplinarios del Despacho Presidencial, en adición a sus funciones como trabajador contratado bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración para los fines correspondientes y al Secretario Técnico designado mediante la presente Resolución. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. EMMA LEON VELARDE AMÉZAGA Subsecretaria General de la Presidencia de la República 1444265-1

INSTITUTO DE GESTION DE SERVICIOS DE SALUD
Designan diversos profesionales en el Instituto Nacional Materno Perinatal del IGSS
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 679-2016/IGSS Lima, 14 de octubre de 2016 VISTO: El expediente Nº 16-037710-001, que contiene el Oficio N° 2485-2016-DG/INMP emitido por el Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional Materno Perinatal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 11° del Decreto Legislativo N° 1167, dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural N° 363-2015/ IGSS de fecha 31 de julio de 2015, se designó al economista Mauricio Ugarte Arbildo en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Instituto Nacional Materno Perinatal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, con Resolución Jefatural N° 38-2015/IGSS de fecha 18 de febrero de 2015, se designó, entre otros, al médico cirujano Eduardo Víctor Calagua Solís en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Administración y al médico cirujano Víctor Eduardo Baca Romero en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Apoyo de Especialidades Médicas y Servicios Complementarios del Instituto Nacional Materno Perinatal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, mediante documento de visto, el Director de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional Materno Perinatal propone la designación de los profesionales que ostentarán los cargos de Director Adjunto, Nivel F-4, de las unidades orgánicas a que hace referencia el segundo y tercer considerando por renuncia formulada por los profesionales mencionados en los precitados considerandos, para lo cual, debe darse por aceptadas las renuncias a los cargos dispuestos por las Resoluciones Jefaturales N° 363-2015/IGSS y N° 38-2015/IGSS; Que, mediante Informe N° 573-2016-UFIyAP-ORH/ IGSS la Oficina de Recursos Humanos ha señalado que los cargos propuestos para ser cubiertos por designación en el Instituto Nacional Materno Perinatal, se encuentran clasificados como cargos de confianza conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional del

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