Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2016 (21/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Viernes 21 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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establece que el ente rector ejecuta transferencias extraordinarias de recursos destinadas a financiar estudios de preinversión, la ejecución de proyectos de inversión o de programas orientados al fortalecimiento de la gestión de los servicios de saneamiento; las mismas que se realizan preferentemente a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS, las cuales están sujetas a las condiciones de sostenibilidad que establezca el Reglamento y son efectuadas bajo el marco del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el Programa Nacional de Saneamiento Rural o cualquier otro programa a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con el Memorando Nº 1253-2016/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano, solicitó gestionar el dispositivo que autorice transferencias financieras hasta por la suma de S/ 4 115 231,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima (EPS ILO S.A.) por el monto de S/ 2 073 673,00, y de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo Sociedad Anónima (EMAPACOP S.A.), por el monto de S/ 2 041 558,00, destinadas al financiamiento de las actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, para el fortalecimiento de la gestión de los servicios considerados en el Plan de Acciones de Urgencia de las citadas EPS, en el marco del Régimen de Apoyo Transitorio; para lo cual se han suscrito los Convenios N° 1376 y 1377-2016-VIVIENDA/VMCS/ PNSU; precisándose que las transferencias financieras serán atendidas con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 2164-2016/VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 453-2016/VIVIENDA-OGPPOP, de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza las Transferencias Financieras del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 4 115 231,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima (EPS ILO S.A.) por el monto de S/ 2 073 673,00; y de Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo Sociedad Anónima (EMAPACOP S.A.), por el monto de S/ 2 041 558,00, destinadas al financiamiento de las actividades de operación, mantenimiento y reposición de bienes operacionales, para el fortalecimiento de la gestión de los servicios considerados en el Plan de Acciones de Urgencia de las citadas EPS, en el marco del Régimen de Apoyo Transitorio, para lo cual, se han suscrito los Convenios de Financiamiento correspondientes; precisando, que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2016 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30372, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 4 115 231,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima (EPS ILO S.A.) por el monto de S/ 2 073 673,00, y de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo Sociedad Anónima (EMAPACOP S.A.), por el monto de S/ 2 041 558,00, destinadas al financiamiento de las actividades de operación, mantenimiento y reposición

de bienes operacionales, para el fortalecimiento de la gestión de los servicios considerados en el Plan de Acciones de Urgencia de las citadas EPS, en el marco del Régimen de Apoyo Transitorio; Que, mediante Informe Nº 811-2016-VIVIENDAOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emitió opinión favorable, desde el punto de vista legal, al presente proyecto de Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 3042012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS ILO S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOS MILLONES SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 2 073 673,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima (EPS ILO S.A.) destinada al financiamiento de las actividades de operación, mantenimiento y reposición de equipos, para el fortalecimiento de la gestión de los servicios considerados en el Plan de Acciones de Urgencia de la citada EPS, en el marco del Régimen de Apoyo Transitorio. Artículo 2.- Transferencia Financiera a favor de la EMAPACOP S.A. Autorízase la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de DOS MILLONES CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 2 041 558,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Coronel Portillo Sociedad Anónima (EMAPACOP S.A.), destinada al financiamiento de las actividades de mantenimiento y reposición de bienes operacionales, para el fortalecimiento de la gestión de los servicios considerados en el Plan de Acciones de Urgencia de la citada EPS, en el marco del Régimen de Apoyo Transitorio. Artículo 3.- Financiamiento Las transferencias financieras autorizadas por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial se atenderán con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de las transferencias financieras autorizadas por los artículos 1 y 2 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realizan las presentes transferencias, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 6.- Información La Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Ilo Sociedad Anónima (EPS ILO S.A.) y la Empresa

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