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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (27/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 20

602670 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2016 / El Peruano TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA) Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN (*) CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (DÍAS HÁBILES) DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS AUTOM. EVALUACIÓN NUMERO Y DENOMINACIÓN FORMULARIO % DE UIT EN SOLES POSIT. NEGAT. RECONSIDERACIÓN APELACIÓN (*) Excepcionalmente, cuando no hay Jefe de ANP, o la investigación abarque mas de una ANP, la DGANP aprueba el trámite. Nota: Aplicable para investigaciones en material forestal y de fauna silvestre al interior de las Áreas Naturales Protegidas de administración nacional. PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS Y RECREATIVOS 5 Autorización para realizar actividades turísticas en predios de propiedad privada y comunal, en Áreas Naturales Protegidas del SINANPE. 1. 2. 3. 4. Solicitud dirigida al Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, según formulario de distribución gratuita o que se puede descargar del portal del SERNANP, en cuyo contenido se encuentra incluido la expresión de interés y declaración jurada. (un ejemplar). Certifi cado Registral Inmobiliario (CRI), del predio, con una antigüedad no mayor a treinta (30) días. Copia Literal del predio expedida por Registros Públicos, con una antigüedad no mayor a tres (03) meses. Pago por derecho de trámite. X 30 días Mesa de Trámite del SERNANP ó Jefatura del Área Natural Protegida Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas Jefe del SERNANP F.5.1 5.1) En predios de propiedad privada. 5.2) En predios de propiedad comunal. Plazo para presentar el Recurso: 15 días hábiles luego de emitido el Acto Administrativo Plazo para presentar el Recurso: 15 días hábiles luego de emitido el Acto Administrativo 5.1) En predios de propiedad privada. 25.3165% S/. 1,000.00 5.2) En predios de propiedad comunal. 12.6582% S/. 500.00 BASE LEGAL: Ley Nº 26834, Art. 5º, 29º y 30º (04/07/1997); Ley N° 29060 (07/07/2007) modifi cada con D.Leg. N° 1029 (24/06/2008); Ley N° 27444, Art. 39° y 41°, numeral 41.1.3, 103, numeral 106.2 del Art. 106, 107 y Numeral 115.1 del Art. 115 (11/02/2001) REQUISITOS ESPECÍFICOS D.S. Nº 006-2008-MINAM Art. 23º inc l). 5. Certifi cado de vigencia de poder del representante legal expedido con una antigüedad no mayor a tres (03) meses (un ejemplar), en caso el solicitante sea persona jurídica (Comunidad Campesina o Nativa, asociaciones, empresas u otras). Reglamento aprobado por D.S. Nº 018-2009-MINAM Art. 4º Inc. b) y Art. 9º (08- 09-2009). 6. Carta poder con una antigüedad no mayor a tres (03) meses (un ejemplar), en caso el solicitante sea representante de Persona (s) Natural(es). NOTA 7. Información geográfi ca digital, en formato shape (Sistema de coordenadas UTM, Datum Geográfi co WGS 1984) detallando lo siguiente: a) área solicitada del predio, b) infraestructuras a instalar, c) rutas y/o senderos al interior del predio y c) otra información relevante. Plazo para resolver el Recurso: 30 días hábiles. Plazo para resolver el Recurso: 30 días hábiles. La autorización se otorgará en concordancia con los documentos de planifi cación vigentes PRESTACIÓN DE SERVICIOS TURÍSTICOS Y RECREATIVOS 6 Conformidad a la solicitud para el otorgamiento de derechos para el aprovechamiento del recurso natural paisaje con fi nes turísticos (concesiones o contratos de servicios turísticos) en Áreas Naturales Protegidas del SINANPE. X 30 días Mesa de Trámite del SERNANP ó Jefatura del Área Natural Protegida Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas Jefe del SERNANP