Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2016 (27/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA) DERECHO DE TRAMITACIÓN (*) EVALUACIÓN FORMULARIO X 15 días Jefatura de Area Natural Protegida ó Mesa de Trámite del SERNANP Jefe del Área Natural Protegida ó Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas (*) Jefe del Área Natural Protegida ó Director de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas (*) Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas % DE UIT EN SOLES INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE PLAZO PARA DEPENDENCIA AUTORIDAD RECURSOS RESOLVER DONDE SE INICIA QUE APRUEBA (DÍAS EL TRÁMITE EL TRÁMITE AUTOM. HÁBILES) POSIT. NEGAT. RECONSIDERACIÓN APELACIÓN CALIFICACIÓN

REQUISITOS



DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

NUMERO Y DENOMINACIÓN

PROTECCIÓN AMBIENTAL 9 Autorización para realizar evaluación de recursos naturales y medio ambiente en Áreas Naturales Protegidas del SINANPE por el periodo de hasta un (1) año F.9.1

BASE LEGAL:

1. Solicitud dirigida al Jefe del Área Natural Protegida, según formulario que se distribuye gratuitamente o se puede descargar del portal del SERNANP. (un ejemplar) Anexo 9.1

El Peruano / Jueves 27 de octubre de 2016

Ley Nº 27444, numeral 39.2.2 del Art. 39º, 103, numeral 106.2 del Art. 106 y 107 (11/04/2001).. Ley Nº 26834, Art. 29º (04/07/1997). 72.3899% S/. 2,859.40

2. Plan de trabajo de la evaluación de recursos y medio ambiente en un área natural protegida del SINANPE, impreso y digital en formulario (PDF, JPG, DWG y Shapelife), firmado y visado en todas sus hojas por el o los profesionales debidamente habilitados, según anexo del formulario F.9.1.

Ley Nº 28611, Art. 24º (13/10/2005).

3. Pago por derecho de trámite.

Plazo para presentar el Recurso: 15 días hábiles luego de emitido el Acto Administrativo

Plazo para presentar el Recurso: 15 días hábiles luego de emitido el Acto Administrativo Plazo para resolver el Recurso: 30 días hábiles. Plazo para resolver el Recurso: 30 días hábiles.

Ley Nº 27811, Art. 6º (10/08/2002).

REQUISITOS ESPECÍFICOS

Ley Nº 28736, Art. 1º, 6 y 7º (31/05/2006).

4 Certificado de vigencia de poder del (los) representante(s) legal (es) expedido con una antigüedad no mayor a tres (03) meses (un ejemplar), en caso que el solicitante sea Persona(s) Jurídica(s)

Ley Nº 27446, Art. 2º, numeral 10.2 y 10.3 del Art, 5 En el caso de tratarse de la elaboración de instrumentos de gestión ambiental, se 10° (23/04/2001). deberá adjuntar copia de la Resolución emitida por el sector o autoridad competente, mediante el cual se efectuó la inscripción en el registro de la consultora a cargo de la elaboración del documento ambiental. (un ejemplar)

NORMAS LEGALES

D.S. Nº 038-2001-AG, Art. 168º (26/06/2001).

6 Copia de la autorización emitida por la autoridad competente en el caso que la autorización implique el ingreso a reservas territoriales, grupos de contacto inicial o grupos en aislamiento voluntario.

D.S. Nº 006-2008-MINAM, Art. 25º Inc. k) y 27º Inc. h) (15/11/2008).

D.S. Nº 019-2009-MINAM, Art. 2º (25/09/2009).

NOTA:

El plazo de autorización estará sujeto a lo solicitado por el titular y evaluación de la jefatura

En el caso que la evaluación implique la colecta de especies de flora y/o fauna deberá indicar el número probable de especies o familias a colectar

(*) Excepcionalmente, cuando no hay Jefe de ANP, la DGANP aprueba el trámite .

Notas para el ciudadano:

- Si quien aprueba el acto administrativo fuese el Jefe del SERNANP, solo podrá interponerse un recurso.

- Para el computo de plazos se aplicará el término de la distancia.

- Las solicitudes podrán presentarse en la sede central o en las Áreas Naturales Protegidas, sin perjuicio de la aplicación del termino de la distancia.

- Para el inicio de cualquier procedimiento será indispensable contar con Documento Nacional de Identidad (DNI) o el documento legalmente establecido para administrados extranjeros. Caso DNI de conformidad con la Ley N° 26497, art. 26° y 30°

602673

- (*) Las tasas administrativas se pueden pagar en la Caja de la Sede Administrativa del SERNANP, en cheque o efectivo, o en su defecto en el Banco de la Nación. Señalar Cta. Cte.

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