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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (27/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 22

602672 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2016 / El Peruano TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - (TUPA) Nº DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN (*) CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (DÍAS HÁBILES) DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRÁMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRÁMITE INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS AUTOM. EVALUACIÓN NUMERO Y DENOMINACIÓN FORMULARIO % DE UIT EN SOLES POSIT. NEGAT. RECONSIDERACIÓN APELACIÓN REQUISITOS ESPECÍFICOS b) Actividades eventuales 2. Certifi cado de vigencia de poder del representante legal expedido con una antigüedad no mayor a tres (03) meses (un ejemplar), en caso el solicitante sea persona jurídica (Comunidad Campesina o Nativa, asociaciones, empresas u otras). 3. Carta poder con una antigüedad no mayor a tres (03) meses (un ejemplar), en caso que el solicitante sea representante de Persona (s) Natural(es), deberá adjuntar Plazo para presentar el Recurso: 15 hábiles Plazo para presentar el BASE LEGAL: luego de emitido el Acto Recurso: 15 días Ley Nº 26834, Art. 17º lnc. e), 29º y 30º (04/07/1997). Ley N° 29060 (07/07/2007) modifi cada con D.Leg. N° 1029 (24/06/2008) Administrativo hábiles luego de emitido el Acto Administrativo Ley Nº 27444, Art. 41º Numerales 41.1 y 41.3, 41.1.3 Art. 53º, 103, numeral 106.2 del Art. 106 , 107 y 115º Numeral 115.1 (11/02/2001). D.S. Nº 038-2001-AG, Art. 171° y 172° (26/06/2001). Reglamento aprobado por D.S. Nº 018-2009-MINAM, Art. 3 Inc. C), 4º Inc. b) y 8º (08/09/2009). Plazo para resolver el Recurso: 30 días hábiles Plazo para resolver el Recurso: 30 días NOTA hábiles. Este procedimiento se aplica preferentemente para pobladores locales (Art. 8º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 018-2009-MINAM) En el caso que el solicitante sean personas o grupos debidamente organizados, deberán encontrarse identifi cados por la jefatura del Area Natural Protegida del SERNANP (Art. 8º del Reglamento aprobado por D.S. Nº 018-2009-MINAM) PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS O ACTOS PROCEDIMENTALES 8 Acceso a la información creada, obtenida, en posesión o bajo su control X 7 días (*) Mesa de Trámite del SERNANP ó Jefatura del Área Natural Protegida Titular responsable de acceso a la Información. No aplica Secretario General 1. Solicitud dirigida al responsable de acceso a la información, según formulario que se distribuye gratuitamente o se descarga del portal del SERNANP. F.8.1 BASE LEGAL: 0.0076% S/. 0.30 Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, aprobado por D.S. Nº 043-2003-PCM, Art. 7°, 10°, 11º y 20º (24/04/2003). 2. Pago por derecho de trámite, cuando la información solicitada deba ser reproducida. Por copia D.S. Nº 072-2003-PCM, Art. 10º, 12° y 13°(07/08/2003). 0.0380% S/. 1.50 NOTA: (*) El plazo puede prorrogarse por 05 días hábiles comunicándose por escrito las razones hasta el sexto día de presentada la solicitud. - Cuando la solicitud de la información sea respondida vía correo electrónico no genera costo alguno. Plazo para presentar el Recurso: 15 días hábiles luego de emitido el Acto Administrativo Plazo para resolver el Recurso: 30 días hábiles.