Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2016 (28/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de octubre de 2016 /

El Peruano

y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso; Que, el literal s) del artículo 22° de la citada Ley señala como atribución de este Organismo Superior de Control, dictar las disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la información pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administración de recursos del Estado, en función a las metas previstas y alcanzadas; Que, el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General de la República y de los Órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, los Lineamientos de Política constituyen orientaciones para dirigir el accionar de control hacia las áreas de riesgo sensibles a la corrupción o gastos de mayor significación económica e impacto social, de conformidad con los principios que rigen el ejercicio del control gubernamental establecidos en el artículo 9° de la Ley N° 27785; Que, el Plan Anual de Control es la herramienta de gestión, a través de la cual la Contraloría General de la República orienta, planifica y evalúa el accionar de los Órganos de Control Institucional, conforme a los objetivos y lineamientos de política institucional impartidos; Que, los Órganos de Control Institucional formulan el Plan Anual de Control de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita este Organismo Superior de Control, debiendo coordinar con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República, conforme a lo previsto en el inciso a) del numeral 7.1.7 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", cuya versión actualizada fue aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 3532015-CG; Que, el Plan Operativo Institucional es el instrumento de gestión que contiene la programación de actividades de las distintas unidades orgánicas de la Contraloría General a ser ejecutadas en un período anual, orientadas hacia la consecución de los objetivos y metas institucionales, permitiendo la ejecución de los recursos presupuestarios asignados con criterios de eficiencia, eficacia, calidad de gasto y transparencia; Que, mediante el documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento ha propuesto la aprobación de los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 2017-2019" y los proyectos de Directivas: "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional" y "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República"; En uso de las facultades conferidas por el literal s) del artículo 22° y los literales b) y c) del artículo 32° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control: Período 20172019", la Directiva N° 018-2016-CG/PLAN "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2017 de los Órganos de Control Institucional" y la Directiva N° 019-2016-CG/PLAN "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Operativo Institucional 2017 de la Contraloría General de la República", los mismos que en anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de la Contraloría General, según sus ámbitos y competencias,

cautelarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo resuelto por la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República 1447227-1

Modifican la Directiva N° 007-2015-CG/ PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional"
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 458-2016-CG Lima, 27 de octubre de 2016 VISTO, la Hoja Informativa N° 00052-2016-CG/ DPROCAL del Departamento de Desarrollo, Procesos y Calidad; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 14° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el ejercicio del control gubernamental por el Sistema en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución; Que, conforme a lo dispuesto en el tercer párrafo del artículo 17° de la Ley N° 27785, el Órgano de Control Institucional mantiene una relación funcional con la Contraloría General, efectuando su labor de conformidad con los lineamientos y políticas que para tal efecto establezca este Organismo Superior de Control; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3532015-CG se aprobó la versión actualizada de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional", que tiene por finalidad desarrollar el marco normativo que regula las funciones y procesos a cargo de los Órganos de Control Institucional y su interrelación con la Contraloría General de la República y la entidad sujeta a control; Que, con el propósito de optimizar el ejercicio del control gubernamental, la Contraloría General de la República viene adoptando medidas orientadas a mejorar la operatividad y fortalecer la autonomía de los Órganos de Control Institucional, a fin de asegurar que la ejecución de los servicios de control y servicios relacionados en las entidades sujetas al ámbito del Sistema Nacional de Control se desarrollen en la forma y plazos programados, en cumplimiento de las disposiciones que emite la Contraloría General de la República; Que, en el citado contexto, y conforme al documento del visto, el Departamento de Desarrollo, Procesos y Calidad, en ejercicio de la función establecida en el numeral 11 del artículo 54° del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, propone la modificación de los sub numerales 7.2.1 y 7.2.6 del numeral 7.2, sub numeral 7.5.1 del numeral 7.5, sub numeral 7.8.2 y numeral 7.8 de las Disposiciones Específicas y numeral 9 de la Directiva N° 007-2015-CG/PROCAL "Directiva de los Órganos de Control Institucional"; En uso de las facultades previstas en el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

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