Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2017 (03/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de agosto de 2017 /

El Peruano

Que, en el Dictamen Nº 691-2017 /CCFFAA/OAJ del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 20 de julio de 2017, se señala que el Curso de Certificación de Aeródromos a cargo de la Organización de Asociación Civil Internacional (OACI), aborda temas relacionados con los estándares y regulaciones internacionales; El manual del Aeródromo; Características físicas de los Aeródromos; Sistemas de control de la seguridad y planeamiento para emergencias; Mantenimiento y registro de documentación; Entrenamiento de personal y auditoria; Check list y proceso de certificación y Estudio de casos y ejercicios grupales en el Aeródromo, y siendo el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el órgano encargado de planificar, coordinar y conducir la participación de las Fuerzas Armadas en las Operaciones de Paz y, de normar y supervisar la participación de la Fuerzas Armadas en los acuerdos y compromisos nacionales e internacionales asumidos por el Estado, se ha visto por conveniente que personal militar de este Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas participe en la capacitación y certificación a cargo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), personal militar propuesto como parte del relevo de personal de la Compañía de Ingeniería Perú en la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones unidas en la República Centroafricana (MINUSCA), estudios que no se encuentran previstos como Cursos de Capacitación en el país, en consecuencia resulta necesario que el Teniente Coronel EP Eduardo QUINTANA Dolorier se capacite y perfeccione en dicha temática, capacitación que se encuentra conforme a las políticas del Sector Defensa en el ámbito internacional y al requerimiento solicitado por las Naciones Unidas (NNUU), por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio del Sistema de Operaciones de Paz (MINUSCA) a cargo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y del Sector Defensa, fundamentos técnicos y legales que se encuentran en concordancia al requerimiento señalado en el Oficio mencionado en el primer considerando; Que, mediante Oficio Nº 5531 CCFFAA/OAI/UOP/ PER del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 17 de julio de 2017, se propone autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del referido Oficial, a fin de participar en el Curso de Certificación de Aeródromos a cargo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a realizarse del 14 al 18 de agosto de 2017 en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago; Que conforme a lo mencionado en la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, los gastos derivados por los conceptos de viáticos y pasajes aéreos internacionales que ocasione la participación en la Misión de Estudios se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutoria 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice en otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar durante la totalidad del curso, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anterioridad y su retorno al país, con DOS (2) días posteriores a la fecha programada, sin que uno de los días de antelación al evento y los días posteriores al mismo irroguen gasto alguno al estado; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del

Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Coronel EP Eduardo QUINTANA Dolorier, identificado con DNI Nº 43754061 y CIP Nº 118037100, para que participe en el Curso de Certificación de Aeródromos a cargo de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), a realizarse en la ciudad de Puerto España, República de Trinidad y Tobago, del 14 al 18 de agosto de 2017; así como, autorizar su salida del país el día 12 y su retorno al país el día 20 de agosto de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora N° 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes (Lima - Puerto España, República de Trinidad y Tobago - Lima): US$. 2,110.30 x 1 persona (Incluye TUUA) US$. 2,110.30 Viáticos: US$. 430.00 x 1 persona x 6 días US$. 2,580.00 --------------------------Total: US$. 4,690.30

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración, ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento de la institución Armada a la que pertenece el personal militar en Misión de Estudios, el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1550161-1

Aprueban inscripción y protección de la rompiente denominada "San Pedro", ubicada en el distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, a favor de la Federación Deportiva Nacional de Tabla FENTA
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0618-2017 MGP/DGCG 19 de julio de 2017

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