Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2017 (03/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de agosto de 2017 /

El Peruano

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Uruguay, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0540/RE-2017 Lima, 1 de agosto de 2017 VISTA: La Nota SUBIE-S N° 387/2017, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina, de 14 de julio de 2017, que en su calidad de Presidente Pro Témpore del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), expresa su conformidad para llevar a cabo la Reunión entre el Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífico y el Grupo de Mercado Común (GMC) de MERCOSUR, que se realizará en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, el 4 de agosto de 2017; CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promover y defender en el ámbito regional, los intereses del Perú con miras a la afirmación de su soberanía e integridad territorial, la consolidación de su seguridad integral, el comercio y la cooperación con los países vecinos, así como la integración a nivel subregional y regional; Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa de integración regional para conformar un área de integración profunda, en la que se avance a la liberación del comercio de bienes, y a la libre circulación de servicios, capitales y personas, como una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al AsiaPacífico y al mundo; Que, en la II Reunión Ministerial Alianza del Pacífico MERCOSUR, celebrada el 7 de abril de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, se convino instruir al Grupo de Alto Nivel (GAN) de la Alianza del Pacífico y al Grupo Mercado Común (GMC) del MERCOSUR a reunirse periódicamente; Que, la referida reunión permitirá avanzar en los temas identificados entre ambos mecanismos de integración; Que, el Plan Estratégico Institucional 2016-2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado con Resolución Ministerial N° 1268-2015-RE, establece como acciones estratégicas sectoriales, para el logro de sus objetivos estratégicos, el "liderar y promover iniciativas orientadas a fortalecer la Alianza del Pacífico y el relacionamiento con la región Asia-Pacífico"; Que, se estima importante la participación del Director General para Asuntos Económicos, a fin de dar debido seguimiento diplomático y político del tema; Teniendo en cuenta las Hojas de Trámite (GAC) N°2335 y (GAC) N°2332, del Despacho Viceministerial, ambas de 26 de julio de 2017; y la Memoranda (DAE) N° DAE00014/2017, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 7 de julio de 2017; y (OPP) N° OPP01039/2017, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 31 de julio de 2017, que otorga la certificación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N.º 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias, la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, la Ley N.º 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis Felipe Quesada Incháustegui, Director General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para participar el 4 de agosto de 2017 en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 995.00 Viáticos por día US$ 370.00 Número de días 1+1 Total viáticos US$ 740.00

Nombres y Apellidos Luis Felipe Quesada Incháustegui

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1550114-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Plan Operativo Institucional - POI para el año fiscal 2018 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 136-2017-TR Lima, 31 de julio de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 340-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico Nº 195-2017-MTPE/4/9.1 de la Oficina de Planeamiento e Inversiones y el Informe N° 921-2017MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta

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