Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2017 (17/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Jueves 17 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Isabel, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1555132-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal a que se refiere la Ley N° 29740
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 299-2017-VIVIENDA Lima, 15 de agosto de 2017 VISTOS, el Memorando N° 722-2017-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe Nº 297-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; y, el Informe N° 1251-2017-VIVIENDA/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 de la Ley N° 28870, Ley para Optimizar la Gestión de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, dispuso medidas para la consolidación, reestructuración, refinanciación, fraccionamiento y/o capitalización de las deudas directas de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento con el Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI y deudas originadas por las Contribuciones Reembolsables derivadas de la ejecución de obras de infraestructura de saneamiento a favor de los usuarios con recursos del FONAVI; Que, el artículo 2 de la Ley N° 29740, Ley Complementaria del artículo 1 de la Ley Nº 28870, Ley para Optimizar la Gestión de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento, extiende los alcances del artículo 1 de la Ley N° 28870 a los gobiernos locales que poseen deudas directas derivadas de préstamos otorgados con recursos del FONAVI; Que, el párrafo 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 29740, constituye una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal ad honórem adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, conformada por cinco (5) integrantes; siendo tres (3) representantes del citado ministerio, uno de los cuales asume la presidencia de la citada Comisión; Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2017-VIVIENDA, publicada el 16 julio de 2017, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29740, Ley Complementaria del artículo 1 de la Ley Nº 28870, Ley para Optimizar la Gestión de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento; la misma que entra en vigencia a los treinta (30) días calendarios de su publicación; Que, conforme a lo establecido en el inciso j) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en concordancia con el artículo 4 de la Ley Nº 27594, corresponde al Ministro designar a los representantes del Ministerio ante Comisiones, Consejos Directivos o similares en el ámbito de su competencia; Que, mediante el Memorando N° 722-2017-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, con el sustento del Informe N° 297-2017-VIVIENDA/VMCSDGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, propone

a los representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para integrar y presidir a la Comisión Multisectorial; Que, con Informe N° 1251-2017-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre el proyecto normativo que designa a los representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para integrar a la Comisión Multisectorial; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 29740, Ley Complementaria del artículo 1 de la Ley Nº 28870, Ley para Optimizar la Gestión de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, a que se refiere el artículo 4 de la Ley Nº 29740, a los señores: - Oscar Andrés Pastor Paredes, Director de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, quien la preside. - Julio César Kosaka Harima, Director de la Dirección de Ejecución de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento. - Diego Hernán Villaverde Hernández, Especialista de la Dirección de Evaluación del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento. Artículo 2.- Notificar la presente resolución al Ministerio de Economía y Finanzas, a la Comisión Ad Hoc, creada mediante la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, y a los representantes designados, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1555225-1

Aprueban aplicativo virtual para los procedimientos administrativos del Registro Nacional de Producción y Reaprovechamiento de Biosólidos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 300-2017-VIVIENDA Lima, 16 de agosto de 2017 VISTO, el Informe N° 124-2017-VIVIENDA-VMCSDGAA y el Informe N° 1025-2017-VIVIENDA/VMCSDGAA-DEIA de la Dirección General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278 se aprobó la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender hacia la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada; Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo señala que el Ministerio

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