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87 Jueves 17 de agosto de 2017 El Peruano / PROYECTO a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes; asimismo, el Ministerio deberá publicar en su página web la matriz de comentarios, incluyendo las absoluciones a los comentarios presentados; Que, el numeral 5.1 de la Directiva Nº 001-2011- MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01, establece que todo proyecto de norma de carácter general debe ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano, en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; asimismo, el numeral 5.3.1.6. establece que el plazo para la recepción de comentarios u observaciones, deberá ser como mínimo de (30) días hábiles, salvo disposiciones contrarias especí fi cas. A su vez, el numeral 5.2 de la directiva mencionada, establece que la fi nalidad de la publicación de los proyectos normativos es permitir a las personas interesadas y a ciudadanos en general presentar aportes y/o comentarios sobre las medidas propuestas; Que, mediante Informe N° 007-2016-COMISIÓN_ MULTISECTORIAL_PNAF, la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la plani fi cación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del PNAF, creada por Decreto Supremo N° 041-2011-PCM, propone modi fi car el anexo de la Resolución Viceministerial N° 890-2007-MTC.03, a fi n de aprobar la canalización de las bandas de frecuencias 71-76 GHz y 81-86 GHz; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante Informe N° 071-2017-MTC/26, recomienda publicar un proyecto de Resolución Viceministerial que modi fi ca la Resolución Viceministerial N° 890-2007-MTC/03 que aprueba las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (2° Parte), acogiendo la propuesta de la referida Comisión Multisectorial Permanente, a fi n de recibir comentarios en el plazo de quince (15) días calendario, en el marco de lo previsto en el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, antes señalado; Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del referido proyecto de norma en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC que incorpora al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC y la Directiva N° 001-2011-MTC/01, Directiva que Establece el Procedimiento Para Realizar la Publicación de Proyectos de Normas Legales aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Dispóngase la publicación del Proyecto de Resolución Viceministerial, que incorpora la canalización de las bandas de frecuencias 71-76 GHz y 81-86 GHz en el anexo “Disposiciones de radiocanales (canalizaciones) para los servicios de telecomunicaciones (2° Parte)” aprobado por la Resolución Viceministerial N° 890-2007-MTC/03”, en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, (www.mtc.gob.pe), a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, por el plazo de quince (15) días calendarios, contado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Viceministerial a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Viceministerial deben ser remitidos a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, encargada de la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de ComunicacionesPROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES “RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL QUE MODIFICA EL ANEXO DE LA RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 890-2007-MTC/03, A FIN DE APROBAR LA CANALIZACIÓN DE LAS BANDAS DE FRECUENCIAS 71-76 GHZ Y 81-86 GHZ ” El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del Proyecto de “Resolución Viceministerial que modi fi ca el anexo de la Resolución Viceministerial N° 890- 2007-MTC/03, a fi n de aprobar la canalización de las bandas de frecuencias 71-76 GHz y 81-86 GHz”; para que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, con atención al señor Wilmer Azurza Neyra, Jr. Zorritos No. 1203-Cercado de Lima, vía fax al (01) 615-7814 o vía correo electrónico a proyectonormas@mtc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendario, de acuerdo al formato siguiente: Formato para la presentación de comentarios al proyecto de norma Artículo del Proyecto Normativo Comentarios (*) Artículo 1 (…) Comentarios Generales (*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinentes. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL VISTOS:El Informe N° 071-2017-MTC/26 de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y el Informe N° 007-2016-COMISION_MULTISECTORIAL_PNAF de la Comisión Multisectorial Permanente del PNAF; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone en su artículo 200, que toda asignación de frecuencias se realiza en base al respectivo plan de canalización, el cual será aprobado por resolución viceministerial; Que, mediante Resolución Ministerial N° 187-2005- MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, documento técnico normativo que contiene los cuadros de atribución de frecuencias, la clasifi cación de usos del espectro radioeléctrico y las normas técnicas generales para la utilización del espectro radioeléctrico; Que, por Resoluciones Viceministeriales N° 268- 2005-MTC/03 y N° 890-2007-MTC/03, se aprobaron las Disposiciones de Radiocanales (canalizaciones) para los Servicios de Telecomunicaciones (1° Parte y 2° Parte), entre ellas, la canalización para servicio fi jo utilizando radioenlaces digitales; Que, por Decreto Supremo N° 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la plani fi cación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la citada Comisión, mediante Informe N° 007-2016-COMISIÓN MULTISECTORIAL_PNAF, propone incorporar nuevas canalizaciones en las bandas 71 - 76 GHz y 81 – 86 GHz, a fi n de concordarlas con la Recomendación UIT-R F.2006 de la Unión Internacional de Telecomunicaciones - UIT, que considera que dichos planes de canalización permitirán la implementación de