Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2017 (06/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Miércoles 6 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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cuya transferencia financiera se solicita aprobar o cuya subvención se solicita autorizar. El FONDECYT es responsable de verificar cada uno de los aspectos técnicos y legales que se consignen en los Informes Técnicos ­ Legales que remita al CONCYTEC; Que, mediante Oficio Nº 455-2017-FONDECYTDE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, solicita la aprobación de subvención a favor de persona jurídica privada y una transferencia financiera, por un monto total de S/ 217,257.00, ganadores del Concurso denominado "Proyectos de Investigación Básica y Proyectos de Investigación Aplicada" Convocatoria 2015 ­ I, conforme a lo dispuesto por la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 144-2015-FONDECYT-DE; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 035-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, en adelante el Informe Técnico Legal, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para la aprobación una transferencia financiera y una subvención económica a favor de una persona jurídica privada, por el importe total ascendente a S/ 217,257.00, para cofinanciar los proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el Informe Técnico Legal, los referidos órganos adjuntan copia del Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000249 y copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 144-2015-FONDECYT-DE; Que, el Numeral 4.2 del Informe Técnico Legal, señala que es viable técnica y legalmente realizar una transferencia financiera al Instituto Tecnológico de la Producción y una subvención económica a favor de la Pontificia Universidad Católica del Perú, para cofinanciar los proyectos de las instituciones mencionadas, aprobadas mediante Convenios de Subvención suscritos por la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, señalando que para tal efecto se ha verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las Bases de los concursos aprobados por el FONDECYT, en los convenios suscritos por el FONDEYT, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros similares emitidos por el FONDECYT y en la normativa vigente sobre la materia. Asimismo, el Numeral 4.3 del Informe Técnico Legal, agrega que se ha verificado que la transferencia económica y la subvención económica, solicitadas cuentan con Convenios correspondientes debidamente suscritos y plenamente vigente, dentro del marco legal normativo vigente sobre la materia; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 035-2017-FONDECYT-UPPUAJ-USM, las disposiciones contenidas en las Bases de los mencionados concursos, los citados convenios (incluyendo su vigencia), y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 269-2017-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, emitiendo opinión favorable, por lo que concluye que la aprobación del otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas y transferencias financieras solicitadas por el FONDECYT, cuentan con disponibilidad presupuestal respectiva, con la cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 035-2017-FONDECYTUPP-UAJ-USM; Que, con Informe Nº 149-2017-CONCYTEC-OGAJMPT, el mismo que la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC hace suyo a través del Proveído 347-2017-CONCYTEC-OGAJ, se indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 035-2017-FONDECYT-UPP-UAJUSM y en el Informe Nº 269-2017-CONCYTEC-OGPP, se habría cumplido con lo dispuesto en la Directiva;

Con la visación de la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y del Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Supremo N° 026-2014-CPM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC; y la Resolución de Presidencia N° 044-2017-CONCYTEC-P, que aprueba la Directiva N° 003-2017-CONCYTEC-OGPP denominada "Procedimiento para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones durante el Año Fiscal 2017, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar transferencias financieras y subvenciones a personas jurídicas privadas por la suma total de S/ 217,257.00 (Doscientos Diecisiete Mil Doscientos Cincuenta y Siete y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al siguiente detalle:
N° Tipo de cofinanciamiento Subvenciones a Personas Jurídicas Institución Proyecto Total S/

01

02

Transferencias Financieras

Desarrollos de propiedades antimicrobianas y Pontificia Universidad antioxidantes de nano Católica del Perú partículas biodegradables elaborados con polímeros naturales Determinación de Instituto tecnológico variables físico-químico y de la Producción microbiológico durante la maduración de la anchoa Total S/

139,935.00

77,322.00 217,257.00

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC, así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1594130-1

Modifican la Resolución de Presidencia N° 004-2017-CONCYTEC-P, en el extremo que se aprueba el reconocimiento de derechos, beneficios, bonificaciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores; así como las liquidaciones de beneficios sociales
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 173-2017-CONCYTEC-P Lima, 4 de diciembre de 2017

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