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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (06/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de diciembre de 2017 / El Peruano Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional de Cajamarca, con efectividad al 1 de diciembre de 2010; Que, a la fecha la designación del señor Bismarck Giuseppe Hoyos Vásquez ha vencido, por lo que el cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional de Cajamarca se encuentra vacante; Que, en atención a ello, el Consejo Directivo del Indecopi ha considerado pertinente designar al funcionario que ejerza de manera permanente el cargo de Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la Ofi cina Regional de Cajamarca, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales, a través del correcto funcionamiento de sus órganos internos; Que, el Consejo Directivo, mediante Acuerdo Nº 099- 2017 de fecha 21 de noviembre de 2017, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Richard Alexander Saldaña Vásquez como Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la O fi cina Regional de Cajamarca Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Ofi cinas Regionales y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Richard Alexander Saldaña Vásquez como Jefe del Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos de Protección al Consumidor adscrito a la O fi cina Regional de Cajamarca, con efectividad al 1 de diciembre de 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1593673-1 Dan por concluida designación de miembro de la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Indecopi - Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 230-2017-INDECOPI/COD Lima, 30 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el literal c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 107-2012-PCM y Nº 099-2017-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual, así como removerlos; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 132-2015-INDECOPI/COD publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 19 de agosto de 2015, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor al señor Javier Mihail Pazos Hayashida como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Indecopi – Lima Norte;Que, el Consejo Directivo, mediante Acuerdo Nº 096-2017 de fecha 21 de noviembre de 2017, ha acordado dar por concluida la designación del señor Javier Mihail Pazos Hayashida como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Indecopi – Lima Norte; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; RESUELVE:Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Javier Mihail Pazos Hayashida como miembro de la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Indecopi – Lima Norte, con efectividad al 5 de diciembre de 2017, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1593673-2 Designan miembro de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 231 - 2017-INDECOPI/COD Lima, 30 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el literal c) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modi fi cado por los Decretos Supremos N° 107-2012-PCM y N° 099-2017-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años; Que, conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 21º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, las Comisiones del área de competencia se encuentran conformadas por cuatro (4) miembros; Que, a la fecha, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal se encuentra integrada por tres (3) miembros, por lo que resulta pertinente completar la designación de todos sus Comisionados, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Que, el Consejo Directivo, mediante Acuerdo N° 096- 2017 de fecha 21 de noviembre de 2017, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Javier Mihail Pazos Hayashida como miembro de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N°1033 y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo;