Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2017 (12/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 12 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, al señor doctor DANIEL ADRIANO PEIRANO SANCHEZ, Juez Superior Titular Presidente de la Cuarta Sala Penal Liquidadora Permanente del Callao, en adición a su labor jurisdiccional por los días: miércoles 13 de diciembre de 2017, a partir de las 12:00 horas; 14 y 15 de diciembre del mismo año. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia Distrital, de la Coordinadora de Personal, del Coordinador de Imagen Institucional y del Magistrado designado para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1595839-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban Memoria Anual 2016 de la Universidad Nacional de Huancavelica
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA ASAMBLEA UNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0004-2017- AU-UNH. Huancavelica, 1 de agosto de 2017 VISTOS: 01 Expediente anillado: Memoria Anual 2016, Informe Nº 167-2017-OP-DPP-R-UNH (31.03.2017), Oficio Nº 00616-2917-DPP-R-UNH (31.03.2017), Hoja de Trámite del Rectorado con Proveído Nº 2292 (03.04.2017), Hoja de Trámite de Secretaría General con Proveído Nº 1079 (03.04.2017), Oficio Transcriptorio Nº 004-2017-AUSEGE-R-UNH (17.07.2017), sobre aprobación de la Memoria Anual 2016 de la Universidad Nacional de Huancavelica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, Artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; el Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución; Que, conforme establece el Artículo 120º del Estatuto de la Universidad Nacional de Huancavelica, precisa: "La Universidad Nacional de Huancavelica se gobierna con la participación de sus docentes, estudiantes y graduados, está regida por la Constitución Política del Perú, Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 27444 y el Estatuto"; Que, la Asamblea Universitaria es el máximo órgano colegiado de gobierno de la UNH, representa a la Comunidad Universitaria y se encarga de dictar las políticas generales de la Universidad, presidido por el Rector, al amparo del Artículo 123º del acotado Estatuto.

De acuerdo al Artículo 124º del precitado Estatuto: "La Asamblea Universitaria se reúne en sesión ordinaria una vez al semestre y en forma extraordinaria por iniciativa del Rector, o de quien haga sus veces o de más de la mitad de los miembros del Consejo Universitario, o de más de la mitad de los miembros de la Asamblea Universitaria"; el Artículo 130º del mencionado Estatuto, prevé: "Los acuerdos de la Asamblea Universitaria se aprueban por mayoría simple; es decir, la mitad más uno del número de asistentes a la sesión"; Que, el Artículo 133º del Estatuto-UNH, señala: La Asamblea Universitaria, tiene las siguientes atribuciones, numeral 8) "Evaluar y aprobar la memoria anual (...)"; en consecuencia, el Director de Planificación y PresupuestoUNH, remite al Rectorado, con Oficio Nº 00616-2017-DPPR-UNH (11.03.2017), Memoria Anual 2016, para su aprobación mediante acto resolutivo, en virtud al Informe Nº 167-2017-OP-DPP-R-UNH (31.03.2017) del Jefe de la Oficina de Planificación; Que, la Universidad Nacional de Huancavelica, pone a consideración de la Comunidad huancavelicana, su Memoria Anual 2016 en las facultades, direcciones universitarias, oficinas, unidades y otras dependencias de la UNH, considerando que la Universidad enfrenta nuevos retos en la sociedad del conocimiento: La misión de la Universidad Nacional de Huancavelica, es formar profesionales competitivos de acuerdo a la demanda laboral, generando y transfiriendo conocimiento, comprometida con el desarrollo del talento humano de la comunidad universitaria, para contribuir con el desarrollo sostenible de la región. La misión sería inviable, sino se prioriza a las humanidades en un clima de diálogo abierto; en ese contexto, en el año 2016 la Universidad se propuso formular sus objetivos estratégicos, mejorar el nivel académico, propiciando una educación de calidad, para la formación de profesionales de pregrado y posgrado competentes e innovadores, que contribuyan con el desarrollo de la sociedad, desarrollar la investigación, creación e innovación tecnológica de docentes y estudiantes para generar conocimiento, todo ese esfuerzo se orienta a lograr una mejor formación de nuestros alumnos, que son los auténticos protagonistas; Estando a lo acordado por Asamblea Universitaria en sesión ordinaria del día 17 de julio de 2017 y en uso de las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego, Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 008-2015-CEU-UNH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la Memoria Anual 2016 de la Universidad Nacional de Huancavelica, documento que consta en un expediente anillado, con ciento setenta y cuatro (174) folios, que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER, a la Responsable de la Oficina de Imagen Institucional de la Universidad Nacional de Huancavelica, para la publicación en la página WEB-UNH, bajo responsabilidad y remitir una ejemplar a la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNIDU). Artículo Tercero.- NOTIFÍQUESE, con la presente a los Vicerrectores Académico y de Investigación, 09 facultades, Director General de Administración, Oficina de Recursos Humanos, oficinas internas de la Universidad Nacional de Huancavelica e interesados, para su conocimiento y cumplimiento con las tareas encomendadas. Regístrese, comuníquese y archívese. NICASIO VALENCIA MAMANI Rector ALEJANDRO RODRIGO QUILCA CASTRO Secretario General 1595859-1

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