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24 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2017 / El Peruano de la Ley N° 30624, así como los montos destinados al fi nanciamiento de inversiones en el marco del citado artículo; De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Apruébase la relación de pliegos presupuestales comprendidos dentro de los alcances del artículo 12 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, así como los montos correspondientes, conforme al “Anexo: Relación de pliegos, inversiones y montos – Recursos Ordinarios”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, con la fi nalidad de fi nanciar las inversiones mencionadas en el referido Anexo. Artículo 2.- Limitación al uso de los recursos Los recursos a que hace referencia el Anexo mencionado en el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados. Artículo 3.- Publicación El Anexo a que se re fi ere el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se publica en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1599208-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Consejo Nacional de la Magistratura DECRETO SUPREMO Nº 370-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 021: Consejo Nacional de la Magistratura; Que, de conformidad con el artículo 2 de la Ley N° 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, tiene como competencia la selección, nombramiento, rati fi cación y destitución de los jueces y fi scales de todos los niveles, salvo cuando éstos provengan de elección popular, en cuyo caso sólo está facultado para extender el título y aplicar la sanción de destitución cuando corresponda conforme a ley; Que, como consecuencia de la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, y de la aplicación de las Leyes N° 29277, Ley de la Carrera Judicial, y N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, el Poder Judicial y el Ministerio Público vienen solicitando al Consejo Nacional de la Magistratura, un mayor número de nombramientos, evaluaciones, ratifi caciones y procesos disciplinarios de Jueces y Fiscales, a nivel nacional, por lo que el citado pliego requiere incrementar sus gastos operacionales para cumplir con el incremento de sus actividades; Que, mediante O fi cio N° 1578-2017-P/CNM, el Consejo Nacional de la Magistratura solicita recursos adicionales, entre otros, destinados a fi nanciar los gastos de los procesos de selección y nombramiento, evaluación, rati fi cación y procesos disciplinarios de jueces y fi scales; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 800 000,00) a favor del pliego 021: Consejo Nacional de la Magistratura, destinada al fi nanciamiento de los gastos de de los procesos de selección y nombramiento, evaluación, ratifi cación y procesos disciplinarios de jueces y fi scales, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente año fi scal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor del Pliego 021: Consejo Nacional de la Magistratura, hasta por la suma de OCHOCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES (S/. 800 000,00), para atender los gastos de los procesos de selección y nombramiento, evaluación, ratifi cación y procesos disciplinarios de jueces y fi scales, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 800 000,00 --------------- TOTAL EGRESOS 800 000,00 ========= A LA:SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 021 : Consejo Nacional de la MagistraturaUNIDAD EJECUTORA 001 : Dirección de AdministraciónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 800 000,00 ---------------- TOTAL EGRESOS 800 000,00 =========