Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2017 (20/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Miércoles 20 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1599208-3

y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; y, en el Decreto Supremo N° 117-2014-EF, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con eficacia anticipada al 5 de diciembre de 2017, la renuncia presentada por el señor Maher Alberto Saba Abusada, al cargo de Director de Programa Sectorial II - Director de la Dirección de Mercados Financieros, Categoría F-3, de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1599205-1

Precisan monto de importe adicional a ser depositado por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales FONDES
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 478-2017-EF/52 Lima, 19 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 179-2017-EF, modificado por los Decretos Supremos N°s 255 y 3552017-EF, se aprobó el listado de Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, integrantes del Poder Ejecutivo, comprendidas en los alcances de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como los montos de sus Saldos de Balance de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados al 31 de diciembre de 2016 que constituyen recursos del Tesoro Público, estableciéndose el procedimiento para el depósito de los mismos a la Cuenta del Tesoro Público; Que, en el marco de lo dispuesto por el último párrafo del literal f) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público está autorizada a depositar en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES, creado por el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de gobiernos regionales y locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, los recursos del Saldo de Balance a que se refiere el Decreto Supremo N° 179-2017-EF y sus modificatorias, que sean determinados mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de dicha Dirección General en coordinación con la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N°s 291, 346, 400, 418 y 437-2017-EF/52 se determinaron los importes a ser depositados por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en la cuenta del Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales - FONDES, con cargo a los recursos provenientes de los Saldos de Balance a que se refiere el Decreto Supremo N° 179-2017-EF y sus modificatorias; Que, la Dirección General de Presupuesto Público ha informado que la proyección de recursos con cargo

Aceptan renuncia de Director de Programa Sectorial II - Director de la Dirección de Mercados Financieros de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del MEF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 477-2017-EF/43 Lima, 19 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 326-2017EF/43, se designó al señor Maher Alberto Saba Abusada, en el cargo de Director de Programa Sectorial II ­ Director de la Dirección de Mercados Financieros, Categoría F-3, de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Maher Alberto Saba Abusada ha presentado renuncia al referido cargo, a partir del 5 de diciembre de 2017; Que, en ese sentido, resulta conveniente aceptar dicha renuncia con eficacia anticipada al 5 de diciembre de 2017; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público

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