Norma Legal Oficial del día 20 de diciembre del año 2017 (20/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 20 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

67

CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, el correspondiente concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. No obstante, a través de la Resolución Nº 5392013-JNE se consideró que no solo resultaría contrario a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino que sería atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse un pronunciamiento, en sede administrativa, esto es, del concejo municipal, lo que podría suponer una demora de cincuenta (50) días hábiles, si tomamos en consideración los plazos de resolución, notificación y de espera del transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, a fin de que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En el presente caso, en vista de que está acreditada la vacancia por muerte, causal contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del mencionado documento de defunción, corresponde declarar la vacancia de Cayetano Venturo Mejía; en consecuencia, se debe convocar a Felipe Rivera Tolentino, identificado con documento nacional de identidad N.º 22454482, candidato no proclamado del movimiento regional Movimiento Independiente Regional Luchemos por Huánuco, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santa María del Valle, provincia y departamento de Huánuco, a fin de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo 2015-2018. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados, de fecha 24 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huánuco, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Cayetano Venturo Mejía como regidor del Concejo Distrital de Santa María del Valle, provincia y departamento de Huánuco, emitida con motivo de las elecciones municipales del año 2014, por muerte, causal establecida en el artículo 22, numeral 1, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Felipe Rivera Tolentino, identificado con Nº 22454482, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santa María del Valle, provincia y departamento de Huánuco, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para lo cual se le entregará la respectiva credencial que lo acredite como tal. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Marallano Muro Secretaria General 1598969-2

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN Nº 0505-2017-JNE Expediente Nº J-2017-00463-C01 FERREÑAFE - LAMBAYEQUE CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Carlos Alberto Salazar Beleván, gerente de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, debido a que se declaró la vacancia de Lorenzo Francisco Duque Bereche, regidor de dicha comuna, por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 22, numeral 1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES En sesión extraordinaria de concejo, de fecha 04 de octubre de 2017 (fojas 11 a 15), el Concejo Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, declaró la vacancia del regidor Lorenzo Francisco Duque Bereche por la causal de fallecimiento, prevista en el artículo 22, numeral 1 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Dicha decisión se materializó en el Acuerdo de Concejo Nº 163-2017-CMPF, de fecha 05 de octubre de 2017 (fojas 6 y 7). Mediante Oficio Nº 104-2017-MPF/GSG, recibido el 24 de noviembre de 2017, Carlos Alberto Salazar Beleván, gerente de Secretaría General solicitó la convocatoria de candidato no proclamado y adjuntó, entre otros documentos, copia certificada del acta de defunción del regidor municipal (fojas 19), así como el original del comprobante de pago de la respectiva tasa electoral (fojas 3). CONSIDERANDOS 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 9, numeral 10, concordante con el artículo 23 de la LOM, el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. Sin embargo, la Resolución Nº 539-2013-JNE también ha considerado que no solo resultaría contrario a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia, en virtud de la causal de fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte quede consentido y, recién en ese escenario, el Jurado Nacional de Elecciones pueda convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos. 3. En este caso, en vista de que está acreditada la causal de vacancia contemplada en el artículo 22, numeral 1, de la LOM, mediante la copia certificada del mencionado documento de defunción, corresponde declarar la vacancia de Lorenzo Francisco Duque Bereche; en consecuencia, se debe convocar a Giuliana del Pilar Olazábal Céspedes, identificada con DNI Nº 46091395, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, a fin de completar el número de integrantes del concejo edil para el periodo de gobierno municipal 2015-2018. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados, de fecha 31 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.