TEXTO PAGINA: 102
18 NORMAS LEGALES Jueves 28 de diciembre de 2017 / El Peruano GASTOS CORRIENTES 837 852 898,00 GASTOS DE CAPITAL 548 521 987,00 ----------------------- TOTAL: 1 386 374 885,00 ============== A LA: En SolesPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público En Soles GASTOS CORRIENTES2.0 Reserva de Contingencia 1 386 374 885,00 ----------------------- TOTAL: 1 386 374 885,00 ============= 1.2 La relación de los pliegos habilitadores y los montos de transferencia por pliego y por genérica de gasto, se detalla en el Anexo Nº 1 “Transferencia de Partidas de pliegos del Gobierno Nacional a favor de la Reserva de Contingencia”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Transferencia de Partidas 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma total de VEINTINUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL VEINTIUNO Y 00/100 SOLES (S/ 29 176 021,00), a favor de los pliegos Biblioteca Nacional del Perú, Poder Judicial, Fuero Militar Policial, Instituto Nacional de Innovación Agraria, Defensoría del Pueblo, Tribunal Constitucional y Ministerio Público, destinados a fi nanciar los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 29 176 021,00 =========== TOTAL EGRESOS: 29 176 021,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGOS : Gobierno NacionalFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Soles GASTOS CORRIENTES 29 176 021,00 =========== TOTAL EGRESOS: 29 176 021,00 ===========2.2 La relación de los pliegos habilitados y los montos de transferencia por pliego y por genérica de gasto, se detalla en el Anexo Nº 2 “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se re fi eren el numeral 1.1 del artículo 1 y el numeral 2.1 del artículo 2 de la presente norma, según corresponda, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1601825-5 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Piura DECRETO SUPREMO N° 397-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprueba, entre otros, el presupuesto del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto de Urgencia N° 006-2017, se aprueban medidas complementarias para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, las cuales tienen por objeto dictar medidas