Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2017 (07/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de enero de 2017 /

El Peruano

En la SESIÓN Nº 1/2017 de fecha 04 de enero de 2017, los Vocales integrantes del Tribunal de Contrataciones del Estado, acordaron por unanimidad: ACUERDO DE SALA PLENA REFERIDO A LA INCORPORACIÓN, DENTRO DE LOS ALCANCES DEL ACUERDO DE SALA PLENA Nº 3-2015/TCE, DE LAS REGLAS APLICABLES A LOS PROCEDIMIENTOS CORRESPONDIENTES A RECURSOS DE APELACIÓN QUE TENGAN DECLARACIÓN DE EXPEDITO Y A LOS RECURSOS DE RECONSIDERACIÓN QUE HAYAN TENIDO AUDIENCIA PÚBLICA, EN EL MARCO DE UNA RECONFORMACIÓN DE SALAS. ACUERDO Nº 01/2017 4 de enero de 2017 Luego del debate correspondiente y de la lectura realizada por la Secretaria del Tribunal a la propuesta de Acuerdo, los Vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado acordaron aprobar por unanimidad lo siguiente: 1. Incorporar las siguientes reglas en el Acuerdo de Sala Plena Nº 3-2015/TCE: "(...) 6. Los procedimientos correspondientes a recursos de apelación que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigencia de una reconformación de Salas y que tengan declaración de expedito, serán resueltos por la Sala original, debiendo ésta reconformarse para tal efecto: i) con los Vocales que participaron en la audiencia pública realizada; ii) en caso de no haberse realizado audiencia, con los Vocales que integraron la Sala en la fecha en que se declaró expedito para resolver. 7. Los procedimientos correspondientes a recursos de reconsideración que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigencia de una reconformación de Salas, en los que se haya realizado audiencia pública, serán resueltos por la Sala original, debiendo reconformarse para tal efecto por los Vocales que participaron en dicha audiencia." HÉCTOR MARÍN INGA HUAMÁN MARIO F. ARTEAGA ZEGARRA

CONSIDERANDO: Que el artículo 7º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el artículo 1º de la citada Ley; Que con Resolución de Superintendencia Nº 2322016/SUNAT se designó al señor Víctor Martín Ramos Chávez en el cargo de confianza de Asesor IV del Gabinete de Asesores de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria; Que el señor Ramos Chávez ha presentado su renuncia a la institución solicitando exoneración del plazo de ley, por lo cual su vínculo laboral culminará el 6 de enero de 2017, exoneración que ha sido aceptada, correspondiendo aceptar su renuncia y en consecuencia, dejar sin efecto su designación en el citado cargo de confianza; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27594 y el inciso i) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia a la institución, presentada por el señor Víctor Martín Ramos Chávez, dejándose sin efecto, a partir del 7 de enero de 2017, su designación en el cargo de confianza de Asesor IV del Gabinete de Asesores de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, dándosele las gracias por la labor realizada. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1471546-1

J. ANTONIO CORRALES GONZALES OTTO EGÚSQUIZA ROCA JORGE LUIS HERRERA GUERRA PETER PALOMINO FIGUEROA MARÍA ROJAS DE GUERRA PAOLA SAAVEDRA ALBURQUEQUE VÍCTOR VILLANUEVA SANDOVAL MARIELA SIFUENTES HUAMÁN CAROLA PATRICIA CUCAT VILCHEZ Secretaria del Tribunal 1471464-1

Modifican disposiciones complementarias finales de la Resolución de Intendencia Nacional N° 45-2016/SUNAT/5F0000
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 02-2017/SUNAT/5F0000 Callao, 5 de enero de 2017 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 0061-2010/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específico "Reconocimiento FísicoExtracción y Análisis de Muestras", INTA-PE.00.03 (versión 3); Que mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 45-2016/SUNAT/5F0000 se modificó el procedimiento antes indicado, a fin de asegurar que el análisis físico químico de concentrados de minerales metalíferos a cargo de la autoridad aduanera se realice sobre una muestra representativa, siendo posteriormente modificada mediante Resolución de Intendencia Nacional N° 512016/SUNAT/5F0000; Que, con el fin de asegurar que los operadores de comercio exterior se encuentren en condiciones de cumplir con lo establecido en la Resolución de Intendencia Nacional N° 45-2016/SUNAT/5F0000, resulta necesario efectuar algunas precisiones en las disposiciones complementarias finales referidas principalmente a la extracción de muestras y contramuestras conforme a la norma ISO 12743 u otra norma estándar aplicable a nivel internacional, resultando conveniente disponer la entrada en vigencia de la referida resolución en el mes en curso.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Dejan sin efecto designación en cargo de confianza de la SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 002-2017/SUNAT Lima, 6 de enero de 2017

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