Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2017 (07/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano / Sábado 7 de enero de 2017

NORMAS LEGALES
VISTA:

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EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS: VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. para que esta Superintendencia autorice el traslado de dos agencias, una de ellas ubicada en el departamento de Apurimac, la otra, ubicada en el departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 4883-2015 de fecha 27.08.2015, se autorizó la apertura, entre otras, de una agencia ubicada en la Av. Santa Catalina Lote 9 Mz. S1, distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurimac. Asimismo, mediante Resolución SBS N° 33902009 de fecha 07.05.2009, se autorizó la apertura de una agencia ubicada en Calle Piérola N° 102-A, interior 200, 201 y 203 esquina con Calle Mercaderes N° 300, 302 y 304, distrito, provincia y departamento de Arequipa; y, posteriormente, mediante Resolución SBS N° 950-2014 de fecha 11.02.2014, se autorizó su traslado al local situado en Avenida Cayma N° 617, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; Que, en sesión de Directorio de fecha 22.11.2016, se aprobó el traslado de las citadas agencias; Que, la empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el procedimiento N° 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N° 26702, el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Credinka S.A. el traslado de dos agencias, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas Anexo a la Resolución SBS N° 6759-2016 Tipo de Oficina Agencia Dirección Actual Av. Santa Catalina Lote 9 Mz. S1, distrito de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurimac. Avenida Cayma N° 617, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Nueva Dirección

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS

La solicitud presentada por la empresa MARIÁTEGUI JLT CORREDORES DE SEGUROS S.A., con Registro N° J-387, para que se le autorice la modificación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas del 04 de noviembre de 2016, se acordó por unanimidad la modificación del Artículo Primero del Estatuto Social de la empresa, referido al cambio de denominación social de "Mariátegui JLT Corredores de Seguros S.A." a "JLT Perú Corredores de Seguros S.A."; Que, asimismo, se acordó por unanimidad la modificación del Artículo Quinto del Estatuto Social referente al tipo de acciones conformantes del capital social; Que, la empresa solicitante ha cumplido con lo establecido en el Artículo 14° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS N° 1797-2011 y los requisitos exigidos por el Procedimiento 151 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011 y modificatorias; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaría General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702, sus modificatorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la modificación del Artículo Primero del Estatuto Social referida al cambio de denominación social de la empresa Mariátegui JLT Corredores de Seguros S.A. por JLT Perú Corredores de Seguros S.A.; así como, la modificación del Artículo Quinto del Estatuto Social, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuélvase la Minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a Escritura Pública en la que se insertará el texto de la presente Resolución, para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Avenida Santa Catalina del Centro Poblado Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurimac. Mz. A, Lt. 12, Urbanización León XIII, distrito de Cayma, Provincia y departamento de Arequipa.

RAÚL RODDY PASTOR MEJÍA Jefe del Departamento de Registros 1470722-1

Agencia

Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN S.B.S. Nº 06-2017 Lima, 2 de enero de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Alfredo Javier Arce Arce para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A, Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y,

1471177-1

Aprueban modificación del Estatuto Social referente al cambio de denominación social de la empresa Mariátegui JLT Corredores de Seguros S.A. a JLT Perú Corredores de Seguros S.A., así como el tipo de acciones conformantes del capital social
RESOLUCIÓN SBS Nº 6765-2016 Lima, 29 de diciembre de 2016

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