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NORMAS LEGALES Director (e): Félix Alberto Paz Quiroz VIERNES 13 DE ENERO DE 2017 SUMARIO AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO Año XXXIV - Nº 13935 1 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 004-2017-EF.- Decreto Supremo que establece la vigencia de la Comisión Especial, reactivada por la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y aprueba otras disposiciones 1 D.S. N° 005-2017-EF.- Aprueban Crédito Suplementario destinado para el aumento de capital social a Petróleos del Perú S.A. - PETROPERÚ 3 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que establece la vigencia de la Comisión Especial, reactivada por la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y aprueba otras disposiciones DECRETO SUPREMO Nº 004-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, precisa que, de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 5 del Decreto de Urgencia Nº 037-94, la bonifi cación a la que se refi ere el artículo 2 de esa misma norma, no tiene carácter ni naturaleza remunerativa ni pensionable y no se encuentra afecta a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de la Compensación por Tiempo de Servicios o para cualquier otro tipo de bonifi caciones, asignaciones o entregas; Que, asimismo, la referida Disposición dispuso la creación de una Comisión Especial encargada de evaluar, cuantifi car y proponer recomendaciones para la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieran descontado respecto a la bonifi cación a que se refi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94, desde su entrada en vigencia, respecto de los regímenes pensionarios de los Decretos Leyes N°s. 19990 y 20530; Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, reactiva la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, a fi n de continuar con el proceso de evaluación y cuantifi cación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieren descontado respecto a la bonifi cación a que se refi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94, comprendiendo dentro de sus alcances a los trabajadores contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 de las instituciones a las que se refi ere el Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES; Que, asimismo, la citada disposición establece que la Comisión Especial que se reactiva mantiene la conformación, atribuciones y competencias previstas en la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372. Asimismo, indica que mediante Decreto Supremo se establecerá la vigencia de la misma, así como las normas necesarias para el cumplimiento de su fi nalidad; De conformidad con lo establecido por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- De la Vigencia de la Comisión Especial La Comisión Especial reactivada mediante la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de EDICIÓN EXTRAORDINARIA