Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2017 (26/01/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 26 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

47

- Dirección de Conservación y Diversidad Biológica. - Dirección de Gestión de Territorio. - Dirección Regional de Agricultura Ucayali Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, para que a través de la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, efectué las coordinaciones con el Ministerio de Agricultura y Riego a través del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR para la opinión técnica que conlleve a la aprobación de la Zonificación y Ordenamiento Forestal de la Región Ucayali. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental de Ucayali, realizar la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, asimismo a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. En Pucallpa, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. EDITH QUISPE SÁNCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1477660-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ANCON
Aprueban el Plan de Operaciones de Emergencia del distrito de Ancón del año 2016
(Se publica las siguientes Ordenanzas a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ancón, mediante Oficio N° 0282017-SG/MDA, recibido el 24 de enero de 2017) ORDENANZA Nº 349-2016-MDA Ancón, 19 de agosto de 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el Plan de Operaciones de Emergencia del Distrito de Ancón presentado por la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible, remitido con Memorándum Nº 759-2016-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades,

establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 29664, crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos y preparación y atención ante situaciones de desastres mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; disponiendo en su artículo 2º, que la citada Ley es de aplicación y cumplimiento obligatorio para todas las entidades y empresas públicas de todos los niveles de gobierno, así como para el sector privado y la ciudadanía en general; Que, el numeral 14.1) del artículo 14º de la Ley Nº 29664, prescribe que los gobiernos regionales y gobiernos locales, como integrantes del SINAGERD, formulan, aprueban normas y planes, evalúan, dirigen, organizan, supervisan, fiscalizan y ejecutan los procesos de la Gestión del Riesgo de Desastres, en el ámbito de su competencia, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector, en concordancia con lo establecido en dicha Ley y su reglamento; Que, el Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2011- PCM, en su Título V, Capítulo I, denominado: Instrumentos del Sistema Nacional, especifica en el inciso c), numeral 39.1 del artículo 39º, que el Plan de Operaciones de Emergencia es uno de ellos, precisándose en dicha norma que, en concordancia con el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, las entidades públicas en todos los niveles de gobierno formulan, aprueban y ejecutan dicho Plan; Que, mediante Informe Nº 00175-2016-SGGRDDS/ GM/MDA de fecha 11 de agosto de 2016, la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible, remite el proyecto del Plan de Operaciones de Emergencia del Distrito de Ancón del Año 2016, para su aprobación por el Concejo Municipal, para efectos del cumplimiento de la "Meta 27: Actualización de la información para la gestión del riesgo de desastres" del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016; Que, a través del Informe Nº 453-2016/GAJ/MDA de fecha 15 de agosto de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de la revisión de los actuados y conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, opina se declare procedente la aprobación mediante una Ordenanza Municipal del Plan de Operaciones de Emergencia del Distrito de Ancón del Año 2016; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar del Plan de Operaciones de Emergencia del Distrito de Ancón, cuyo objetivo es orientar las acciones de respuestas de autoridades y responsables de la Gestión del Riesgo de Desastres y de las diferentes autoridades institucionales, en caso de emergencias o desastres, para preservar la vida e integridad física de las personas, atenuando el impacto de estos eventos en los bienes materiales, la economía y el ambiente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la presente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIA DEL DISTRITO DE ANCÓN DEL AÑO 2016 Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIA DEL DISTRITO DE ANCÓN DEL AÑO 2016, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.