Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2017 (26/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de enero de 2017 /

El Peruano

Ancón", Instrumento que remite para su aprobación, para efectos del cumplimiento de la "Meta 27: Actualización de la información para la gestión del riesgo de desastres" del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2016; Que, a través del Informe Nº 453-2016/GAJ/MDA de fecha 15 de agosto de 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que de la revisión de los actuados y conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, opina se declare procedente la aprobación mediante una Ordenanza Municipal de la Actualización Cartográfica de la Zona Urbana a Nivel de Manzana y/o Lote Georeferenciado para la identificación de los Sectores Críticos por Recurrencia de Emergencias y/o por Alto Riesgo Mitigable o No Mitigable en Coordenadas UTM ­ WGS84 del Distrito de Ancón; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la presente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN CARTOGRÁFICA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LOS SECTORES CRÍTICOS POR RECURRENCIA DE EMERGENCIAS Y/O POR ALTO RIESGO MITIGABLE O NO MITIGABLE DEL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR la Actualización Cartográfica de la Zona Urbana a Nivel de Manzana y/o Lote Georeferenciado para la identificación de los Sectores Críticos por Recurrencia de Emergencias y/o por Alto Riesgo Mitigable o No Mitigable en Coordenadas UTM ­WGS84 del Distrito de Ancón, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de la Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible, la implementación y ejecución de la Actualización Cartográfica de la Zona Urbana, aprobado en el artículo precedente, y a la Gerencia Municipal su supervisión. Artículo Tercero.- REMITIR copia de la presente Ordenanza al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción de Riesgos de Desastres (CENEPRED) de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y a las demás instancias que correspondan conforme a Ley. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y el íntegro del mismo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1477658-4

persona, entre otros, gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; correspondiendo al Estado establecer la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso sostenible de los recursos naturales conforme lo establece el artículo 67º de la norma citada; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece en el artículo 73º, inciso 3.1) las competencias que otorga a las Municipalidades en relación a la protección y conservación ambiental; Que, el artículo 24º inciso 24.2) de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, precisa que los gobiernos locales deben implementar el Sistema Local de Gestión Ambiental sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno local y con participación de la sociedad civil; Que, mediante Ordenanza Nº 340-2016-MDA, se aprueba el Sistema Local de Gestión Ambiental y se crea la Comisión Ambiental Municipal (CAM), como instancia de gestión ambiental del Distrito de Ancón, encargado de coordinar y concertar la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y sociedad civil; Que, el Ministerio de Ambiente ha formulado el Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA-PERU 20112021, que ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014- 2011-MINAM, el mismo que es un requisito para postular al reconocimiento de la Gestión Ambiental Local Sostenible del año 2016 (GALS-2016) que otorga el Sector del Ministerio de Ambiente, que se encuentra en el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el presente año, conforme al Decreto Supremo Nº 400-2015-EF; Que, mediante Informe Nº 480-2016-GAJ/MDA, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del proyecto de Ordenanza que aprueba los instrumentos de gestión ambiental del distrital de Ancón, por encontrarse acorde con el marco legal vigente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 9º, numeral 8) y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la presente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL DEL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- APROBAR el DIAGNÓSTICO AMBIENTAL LOCAL (DAL) del distrito de Ancón, contenido en el anexo 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR la POLÍTICA AMBIENTAL LOCAL (PAL) del distrito de Ancón, contenido en el anexo 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL (PPAL) del distrito de Ancón, contenido en el anexo 03 , que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- APROBAR la AGENDA AMBIENTAL LOCAL (AAL) del distrito de Ancón, contenido en el anexo 04, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios a la Ciudad a través de la Subgerencia de Gestión Ambiental, así como a las demás áreas competentes, y la Gerencia Municipal su supervisión. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el íntegro del mismo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1477659-1

Aprueban Instrumentos de Ambiental del distrito de Ancón
ORDENANZA Nº 353-2016-MDA Ancón, 2 de septiembre de 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCÓN

Gestión

VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto de Ordenanza que aprueba los instrumentos de gestión ambiental presentado por la Subgerencia de Gestión Ambiental, y remitido con Memorándum Nº 759-2016-GM/MDA por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú dispone en el artículo 2º, inciso 22), que es derecho fundamental de toda

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