Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2017 (26/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 26 de enero de 2017

NORMAS LEGALES

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Aprueban el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2016-A/MDA Ancón, 10 de noviembre de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Informe N° 349-2016/SGPS-GDEYS-MDA de la Subgerencia de Programas Sociales, el Informe N° 847-2016-GDEYS/MDA de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, el Informe N° 604-2016/GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum N° 1022-2016-GM/MDA de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, la mencionada norma establece en su artículo 7°, sobre el derecho a la salud, que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, define, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el segundo párrafo del artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, el artículo 12º de la Ley Nº 30490, establece que los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, pueden suscribir convenios, alianzas estratégicas, entre otros documentos con organizaciones e instituciones de naturaleza pública y privada, para la implementación de políticas, funciones y servicios relativos a la persona adulta mayor; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 346-2016MDA de fecha 20 de junio de 2016, se creó el Centro Integral de atención al Adulto Mayor en la Municipalidad Distrital de Ancón; Estando en las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Ancón, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Social y la Subgerencia de Programas Sociales, la implementación del presente Reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Ancón. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1477659-2

MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
Modifican la R.A. N° 744-2015-ALC/MLV, sobre designación de funcionarios que actuarán como representantes legales de la Municipalidad ante la SUNAT
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 047-2017-A/MLV La Victoria, 18 de enero de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO: El Memorándum No. 009-2017-GAF/MLV de 11 de enero de 2017 de la Gerencia de Administración y Finanzas, solicitando reformulación de la Resolución de Alcaldía No. 744-2015-ALC/MLV sobre representante legal ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley No. 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Decreto supremo No. 027-2001-PCM se aprueba el Texto Único Actualizado de las Normas que rigen la obligación de determinadas entidades del Sector Público de proporcionar información sobre sus adquisiciones; en cuyo artículo 4 establece que "El Director General de Administración, o el funcionario que ejerza cargo equivalente, de cada Unidad Ejecutora o Entidad será el responsable de llevar el Registro de Compras y remitir, en su caso, la información a que se refiere el Artículo 2". Que, asimismo, el artículo 3 de la precitada norma establece que "La información a que se refiere el artículo anterior, será entregada a la SUNAT dentro de los último cinco (5) días hábiles del mes subsiguiente a aquél al que correspondan las adquisiciones, conforme al cronograma que para tal efecto establezca la SUNAT, mediante Resolución de Superintendencia"; Que, en el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía No. 744-2015-ALC/MLV de 02 de diciembre de 2015, se resuelve la designación de los funcionarios responsables que actuarán como representantes legales de la Municipalidad Distrital de La Victoria ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) siendo los señores CPC Víctor Mario Muchaypiña Reyes, Gerente Municipal y CPC Henry Pérez Ríos, Gerente de Administración; Que, mediante Memorándum No. 009-2017-GAF/MLV de 11 de enero de 2017, el Gerente de Administración y Finanzas, solicita reformulación de la Resolución de Alcaldía No. 744-2015-ALC/MLV, en el extremo que se designe al funcionario responsable que actuará como representante legal de la Municipalidad Distrital de La Victoria ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, a raíz de haberse efectuado cambio de funcionario en la Gerencia de Administración y Finanzas; Que, mediante Informe No. 023-2017-GAJ/MDLV de 13 de enero de 2017 la Gerente de Asesoría Jurídica opina por la modificación de la Resolución de Alcaldía No. 7442015-ALC/MLV, únicamente en el extremo que designe al funcionario responsable que actuará como representante legal de la Municipalidad Distrital de La Victoria ante la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, recayendo la representación en el CPC JUAN PABLO CHIARA GONZALES, Gerente de Administración y Finanzas;

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