Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2017 (27/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de enero de 2017 /

El Peruano

Sobre el quinto componente, la Universidad presentó el documento denominado "Norma E-01 Sistema de Admisión a UDEP Tomo II - Normas Generales", que norma las nueve (9) modalidades de admisión a la Universidad: (i) Prueba de Aptitud Escolar (PAE); (ii) Certificación UDEP; (iii) Test de Aptitud Académica (TAA); (iv) Premio Excelencia; (v) Bachillerato Internacional; (vi) Traslado Externo; (vii) Entrevista Académico-Personal (EAP); (viii) Concurso de Becas y Semibecas; e (ix) Hijo de diplomático. Este reglamento fue aprobado mediante Acuerdo de Consejo Superior Nº 2199/10 del 13 de diciembre de 2010 y modificado mediante el Acuerdo de Consejo Superior Nº 1848/16 del 09 de setiembre de 2016. Además, la Universidad presentó informes estadísticos sobre el proceso de admisión e ingresantes de los años 2014 y 2015. Respecto al último componente, la Universidad presentó el documento denominado "Plan de Gestión de Calidad Institucional", aprobado por Acuerdo de Consejo Superior Nº 1848/16 del 05 de setiembre de 2016, que tiene como objetivo implementar el Sistema de Gestión de la Calidad Universitaria (SGCU) a nivel institucional de acuerdo a los requisitos de la Norma ISO 9001: 2015 y el Método de Control Bioestructurado de Procesos. El citado Plan contiene un proceso de implementación de cinco (5) fases: planificación, lanzamiento del proyecto, aseguramiento de la calidad, control de la calidad, mejora de la calidad. Adicionalmente, la Universidad cuenta con la Oficina de Innovación y Calidad, que depende del Vicerrectorado de Investigación y Ordenamiento Académico, quien actúa como un intermediario entre el Consejo Superior y el Sistema de Gestión de Calidad Educativa. Además, la Universidad cuenta con una (01) Dirección y dos (02) Coordinaciones, la de Acreditación y la de Mejora Continua. En la Visita, se verificó el funcionamiento de esta área y el personal que presta servicios en ésta. Como antecedente a la aprobación del Plan de Gestión de Calidad Institucional, la Universidad presentó un Plan de Gestión de la calidad correspondiente a la Facultad de Educación. CONDICIÓN II. OFERTA EDUCATIVA A CREARSE COMPATIBLE CON LOS FINES PROPUESTOS EN LOS INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO. La Condición II consta de los siguientes componentes: II.1 Creación de nuevas universidades y II.2 Creación de nuevos programas de estudio. Es pertinente señalar que los indicadores 9 al 13 de las CBC, correspondientes al primer componente, no son aplicables a la Universidad, en tanto su aplicación corresponde para universidades nuevas. Respecto al segundo componente, la Universidad presentó la justificación para la creación de los ocho (08) programas de estudio de posgrado que forman parte de su nueva oferta académica (descritos en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente resolución), los que cuentan con su respectivo plan de financiamiento. CONDICIÓN III: INFRAESTRUCTURA Y EQUIPAMIENTO ADECUADO AL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES (AULAS, BIBLIOTECAS, LABORATORIOS, ENTRE OTROS). La Condición III tiene los siguientes componentes: III.1 Ubicación de locales, III.2 Posesión de locales, III.3 Seguridad estructural y seguridad en caso de siniestros, III.4 Seguridad de uso de laboratorios y talleres, III.5 Disponibilidad de servicios públicos, III.6 Dotación de servicios higiénicos, III.7 Talleres y laboratorios para la enseñanza, III.8 Ambientes para docentes, III.9 Mantenimiento de la infraestructura y equipamiento. La Universidad presentó los documentos solicitados como medios de verificación que acreditan el cumplimiento de los indicadores correspondientes de los mencionados componentes. Asimismo, en la Visita, se constató lo declarado sobre los requerimientos de infraestructura y equipamiento adecuado para el cumplimiento de las funciones de la Universidad. Además, se verificó que los tres (03) locales de la Universidad cuentan con bibliotecas físicas y con acervo bibliográfico en físico para todos sus programas. CONDICIÓN IV: LÍNEAS DE INVESTIGACIÓN A SER DESARROLLADAS. La Condición IV consta de tres componentes: IV.1 Líneas de investigación, IV.2 Docentes que realizan investigación y IV.3 Registro de documentos y proyectos de investigación.

Con relación al primer componente de esta CBC, la Universidad cuenta con el documento denominado "Norma A - 17 Consejo de Investigación y Políticas, Normas y Procedimientos para el fomento y la realización de la Investigación", aprobado en el numeral 7 del acuerdo CS 1848/16 del 05 de setiembre de 2016. El órgano de investigación de la Universidad es la Dirección de Investigación, cuyo Director ostenta el grado académico de Doctor y fue designado por acuerdo de Consejo Superior CS 150/16, aprobado el 22 de enero de 2016. La Dirección de Investigación depende del Vicerrectorado de Investigación. De otro lado, la Universidad presentó un total de veintisiete (27) líneas de investigación, aprobadas por Acuerdo de Consejo Superior CS 1848/16 del 05 de setiembre de 2016, de las cuales 41% pertenecen a la Facultad de Ingeniería, 15% a la Facultad de Derecho y 11% a la Facultad de Educación; el Instituto de Ciencias para la Familia y las otras facultades representan el 33% del total de las líneas de investigación. Las líneas de investigación comprenden a todos los programas de estudios de la Universidad. También se verificó que la Universidad cuenta con el Código de Ética para Investigadores, aprobado a través del Acuerdo del Consejo Superior CS 1367/16, del 28 de marzo de 2016, el cual contiene políticas anti plagio y de resguardo de los derechos involucrados. Asimismo, la Universidad presentó el documento denominado "Normas sobre la Propiedad Intelectual de la Universidad de Piura", aprobado mediante acuerdo del Consejo Superior 1464/16, del 02 de mayo de 2016, en el que establece que "la Universidad tiene la titularidad de los derechos patrimoniales sobre las creaciones intelectuales concebidas o puestas en práctica por su personal (...)", que hace referencia a toda la comunidad universitaria. Respecto del segundo componente, la Universidad declaró ciento noventa y cinco (195) docentes que realizan investigación y se encuentran inscritos en el Directorio Nacional de Investigadores e Innovadores (DINA) del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC). Sobre el tercer componente, se verificó que la Universidad cuenta con un Repositorio Institucional denominado PIRHUA Repositorio Institucional de la Universidad de Piura. Asimismo, la Universidad se encuentra registrada en el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación, denominado ALICIA. De otro lado, la Universidad presentó un registro de veinticinco (25) proyectos de investigación en proceso de ejecución para los que cuenta con un presupuesto financiado exclusivamente por la Universidad y en colaboración con otras instituciones. CONDICIÓN V: VERIFICACIÓN DE LA DISPONIBILIDAD DE PERSONAL DOCENTE CALIFICADO CON NO MENOS DE 25% DE DOCENTES A TIEMPO COMPLETO. La Condición V consta de tres componentes: V.1 Existencia del 25% del total de docentes, como mínimo, a tiempo completo, V.2 Requisitos para el ejercicio de la docencia y V.3 Selección evaluación y capacitación docente. Sobre los docentes a tiempo completo, la Universidad cuenta con doscientos cuarenta y nueve (249) docentes a tiempo completo, lo que representa el 48% del total de los docentes declarados. Con relación a los requisitos para ejercer la docencia, de los quinientos veintidós (522) docentes declarados por la Universidad, cuatrocientos cincuenta y cuatro (454) docentes ejercían la docencia a la entrada en vigencia de la Ley Nº 30220. Los docentes contratados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, cuyo número asciende a sesenta y ocho (68), están compuestos por cincuenta y dos (52) con grado de Magíster y dieciséis (16) con grado de Doctor. En tal sentido, todos los docentes declarados cuentan con los requisitos establecidos en el artículo 82 de la Ley Nº 30220 y su Tercera Disposición Complementaria Transitoria. La Universidad presentó los documentos denominados "Sistema de reclutamiento, selección, incorporación y contratación de personal de la UDEP" y la "Guía del sistema de gestión de desempeño para personal docente y sistema de gestión de desempeño para el docente evaluador", que contienen los principales criterios de evaluación del desempeño para los docentes de la Universidad y tienen como fundamento el sistema de evaluación del desempeño, aprobado por Acuerdo de Consejo Superior Nº 1958/13 del 09 de septiembre de 2013. En tal sentido, cuenta con mecanismos y procedimientos para la selección, evaluación periódica del desempeño y ratificación de sus docentes, incluyendo como criterio la calificación de los estudiantes por semestre académico, aprobados por el Consejo Superior.

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