Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2017 (01/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 1 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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En uso de las atribuciones contenidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Contratar a plazo indeterminado, a partir del 01 de febrero de 2017, a don JOSÉ ALBERTO KANASHIRO UECHI, en el cargo de dirección de Superintendente Adjunto de Administración General, Nivel N1. Artículo Segundo.- El citado funcionario se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada. Artículo Tercero.- Modificar el Cuadro de Asignación de Personal de la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1480330-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco
ORDENANZA REGIONAL N° 062-2016-CR-GRH Huánuco, 31 de diciembre del 2016 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 31 de diciembre del dos mil dieciséis, el Dictamen N°048--2016-CP-CR-CPPPAT-AL, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, sobre la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192° en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 35° de la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 4o de la Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de Gestión del Estado señala que el proceso de modernización de la gestión del estado, tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, alcanzando un estado

con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados; Que, mediante Decreto Supremo N° 043-2006PCM, de fecha 26 de Julio de 2006, se aprobaron los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de las Entidades de la Administración Pública, estableciendo en el Titulo III Aprobación del ROF.- Art. 28° De la Necesidad de aprobar el ROF, incisos c) Por efecto de la transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización y f) Para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones; Que, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional, asimismo el artículo 38 de la norma acotada, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la Organización y Administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, mediante Informe N° 017 -2016-GRHGRPPAT/SGDIS/GACB de fecha 07 de octubre del 2016, presentado por la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas solicita la aprobación del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco, instrumento de gestión adecuado y modificado en el marco de las necesidades surgidas de la experiencia de la Descentralización; así como concordado con la normatividad legal vigente que rige el actual proceso de modernización de la gestión del Estado y de las nuevas tendencias del desarrollo organizacional; evitándose cualquier caso de duplicidad de funciones entre sus distintos Órganos y Dependencias; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º, 10°, 11°, 15°, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales N° 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES HUÁNUCO. Artículo Primero,- APROBAR, el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES HUÁNUCO, el mismo que consta de siete (07) Títulos, sesenta y ocho (68) Artículos, tres (03) Disposición Complementaria, Transitorias y Finales y una Estructura Orgánica, cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÒGUESE, en todo su contenido el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 080-2014-CR-GRH, sus modificatorias y toda disposición que se oponga a la misma. Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco, conforme a lo dispuesto en el artículo diecisiete del Decreto Supremo número cero cuarenta y tres del dos mil

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