Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Jueves 2 de febrero de 2017 /

El Peruano

SUNAFIL, establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad y el titular del pliego presupuestal. Es designado por un período de tres años pudiendo ser renovada su designación por un período adicional. Se le designa por resolución suprema, a propuesta del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, se encuentra vacante el cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL; Que, en ese sentido resulta necesario designar a la funcionaria que desempeñará dicho cargo; y, Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL, y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora SYLVIA ELIZABETH CACERES PIZARRO, en el cargo de Superintendente de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ SUNAFIL. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1481180-15

VISTOS: El Memorándum N° 084-2017-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y la Carta de fecha 20 de enero de 2017 de la señora Dora Verónica Grande Arroyo, Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 0152014-MTPE/3, se designa a la señora Dora Verónica Grande Arroyo, Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú", actualmente denominado Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 003-2015-TR; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, por lo que corresponde aceptar la misma; Con las visaciones de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en el numeral 3) del artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y el literal b) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora DORA VERÓNICA GRANDE ARROYO al cargo de Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME LUIS OBREROS CHARÚN Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral 1481160-1

Aceptan renuncia de Gerente de la Unidad Gerencial de Administración del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 005-2017-MTPE/3 Lima, 31 de enero de 2017

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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