Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 28 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1548525-2

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Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM al ROF de esta Municipalidad. Con las opiniones favorables de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto UNÁNIME de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA Artículo Primero.- APROBAR la MODIFICACIÓN de la Ordenanza Nº 218-2015-MDC, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, de acuerdo al siguiente detalle: Modificar el numeral 41. "Promover, ejecutar y supervisar la atención del Adulto Mayor en el distrito, a través del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM), el cual estará a cargo de un responsable de cumplir y hacer cumplir las siguientes funciones específicas" del Artículo 94º Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Social, Código 07.3.0 Gerencia de Desarrollo Social, Capítulo VIII Órganos de Línea, adicionándole funciones específicas de acuerdo a los siguientes literales: a) Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores. b) Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. c) Regular las acciones del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. d) Organizar la protección y participación de las personas adultas mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la municipalidad. e) Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. f) Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. g) Difundir y promover los derechos del adulto/a mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad. h) Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. i) Otras que le asigne de acuerdo a su competencia. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Social. Artículo Tercero.- FACULTAR al señor Alcalde para que a través de un Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en beneficio de la población adulta mayor de la comunidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en la Página Web de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) en estos últimos el íntegro de la ordenanza y del documento de gestión modificado.

Aprueban el Reglamento de funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2017-MDC/A Cieneguilla, 20 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Muicipalidades, Ley Nº 27972 establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local que tienen autonomía poítica, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 4º de la Constitución Política precisa que la comuidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono. Que, el artículo 7º del Texto Constitucional señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Que, el artículo 2º de la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define como persona adulta mayor a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad. Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) por los Gobiernos Locales. Que, a través de la Ordenanza Nº 169-2012-MDC, de fecha 29 de noviembre de 2012, esta Entidad aprobó la Ordenanza para la creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM, en concordancia a lo anotado en la Ley Nº 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores. Que, con fecha 21 de julio de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 30490 "Ley de la Persona Adulta Mayor", que derogó la Ley Nº 28803, por lo que mediante la Ordenanza Nº 259-MDC, del 20 de julio de 2017 se aprobó la Adecuación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla a la Ley Nº 30490 (Ley de la Persona Adulta Mayor). En atención a las facultades conferidas al Alcalde por los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR (CIAM) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Social la implementación del presente Reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1548525-3

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