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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2017 (28/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Viernes 28 de julio de 2017 El Peruano / 2003-MTC y sus modi fi catorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa “REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.”, como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, para operar una (01) línea de inspección técnica tipo mixta en el local ubicado en la Av. Néstor Gambeta Nº 1160, distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certi fi cado de Homologación de Equipos, Certi fi cado de Inspección Inicial y Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspectión Agencies – IFIA, con la fi nalidad de obtener la “Conformidad de Inicio de Operaciones” expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3º.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorización, antes del vencimiento de los plazos señalados en el siguiente cuadro: ACTO Fecha Máxima de Presentación Primera renovación de carta fi anza 28 de junio del 2018 Segunda renovación de carta fi anza 28 de junio del 2019 Tercera renovación de carta fi anza 28 de junio del 2020 Cuarta renovación de carta fi anza 28 de junio del 2021 Quinta renovación de carta fi anza 28 de junio del 2022 Artículo 4º.- La empresa “REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.”, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFecha Máxima de Presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 07 de junio del 2018Segunda renovación o contratación de nueva póliza 07 de junio del 2019 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 07 de junio del 2020 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 07 de junio del 2021Quinta renovación o contratación de nueva póliza 07 de junio del 2022 En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada “REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.” a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 6º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7º.- La empresa “REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.” debe preentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:DocumentosFecha Máxima de Presentación Planos de Ubicación y Distribución en este último caso con su Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV suscrita por el representante legal.Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Copia del Título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria. Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Licencia de Funcionamiento y Certi fi cado de Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad correspondiente.Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. Relación de equipamiento requerido por el Artículo 34º de El Reglamento y documentos que sustenten la propiedad y/o condición de arrendatario fi nanciero sobre los mismos.Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 8º.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa denominada “REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.”, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAÚL CONCHA REVILLA Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 1548101-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aceptan renuncia de Viceministra de Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2017-VIVIENDA Lima, 27 de julio de 2017CONSIDERANDO:Que, con Resolución Suprema N° 005-2017-VIVIENDA, se designó a la señora Fiorella Giannina Molinelli Aristondo, en el cargo de Viceministra de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, la cual es necesario aceptar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Fiorella Giannina Molinelli Aristondo al cargo de Viceministra de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1549061-12