Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 28 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
Documentos Fecha Máxima de Presentación

33

2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa "REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.", como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, para operar una (01) línea de inspección técnica tipo mixta en el local ubicado en la Av. Néstor Gambeta Nº 1160, distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspectión Agencies ­ IFIA, con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3º.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorización, antes del vencimiento de los plazos señalados en el siguiente cuadro:
ACTO Primera renovación de carta fianza Segunda renovación de carta fianza Tercera renovación de carta fianza Cuarta renovación de carta fianza Quinta renovación de carta fianza Fecha Máxima de Presentación 28 de junio del 2018 28 de junio del 2019 28 de junio del 2020 28 de junio del 2021 28 de junio del 2022

Planos de Ubicación y Distribución en este último Treinta (30) días caso con su Memoria Descriptiva del local del Centro calendarios de otorgada de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV suscrita por la autorización. el representante legal. Copia del Título de propiedad, contrato de Treinta (30) días arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier calendarios de otorgada otro que acredite la posesión legítima y el atributo la autorización. de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria. Licencia de Funcionamiento y Certificado de Noventa (90) días Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad calendarios de otorgada correspondiente. la autorización. Relación de equipamiento requerido por el Artículo Noventa (90) días 34º de El Reglamento y documentos que sustenten calendarios de otorgada la propiedad y/o condición de arrendatario financiero la autorización. sobre los mismos.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 8º.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa denominada "REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1548101-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aceptan renuncia de Viceministra de Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 006-2017-VIVIENDA Lima, 27 de julio de 2017

Artículo 4º.- La empresa "REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C.", bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza Fecha Máxima de Presentación 07 de junio del 2018 07 de junio del 2019 07 de junio del 2020 07 de junio del 2021 07 de junio del 2022

CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema N° 005-2017-VIVIENDA, se designó a la señora Fiorella Giannina Molinelli Aristondo, en el cargo de Viceministra de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, la cual es necesario aceptar; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Fiorella Giannina Molinelli Aristondo al cargo de Viceministra de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1549061-12

En caso que La Empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5º.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada "REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C." a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 6º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7º.- La empresa "REVISIONES TECNICAS DEL PERÚ S.A.C." debe preentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.