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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (10/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Sábado 10 de junio de 2017 / El Peruano MIMP correspondientes al ejercicio vigente, a los nuevos Objetivos y Acciones Estratégicas establecidas en el “Marco Estratégico del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables” aprobado, mediante Acta Nº 001-2017 de fecha 03 de abril de 2017, por la “Comisión de Planeamiento Estratégico del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables”, constituida con Resolución Ministerial Nº 198-2014-MIMP y modi fi catorias; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el “Plan Operativo Institucional Reformulado 2017 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, conforme a la propuesta formulada por la O fi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan Operativo Institucional Reformulado 2017 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de su O fi cina de Planeamiento, el seguimiento y evaluación del “Plan Operativo Institucional Reformulado 2017 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Establecer que el “Plan Operativo Institucional Reformulado 2017 del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, materia de la presente Resolución, podrá ser modi fi cado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución, a propuesta de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la base de los resultados del respectivo monitoreo y evaluación. Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) . Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1531042-1 Autorizan viaje de funcionarias a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2017-MIMP Lima, 8 de junio de 2017Vistos, el Informe Nº 018-2017-MIMP/OGPP-OCIN de la O fi cina de Cooperación Internacional, la Nota Nº 061- 2017-MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 04-2017-MIMP-DGIGND de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Interamericana de Mujeres – CIM establecida en 1928, fue el primer órgano intergubernamental creado para asegurar el reconocimiento de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las mujeres, estando constituida por 34 Delegadas Titulares, una por cada Estado miembro de la Organización de los Estados Americanos – OEA, siendo el principal foro de debate y de formulación de políticas sobre los derechos de las mujeres y la igualdad de género en las Américas; Que, el Comité Directivo es elegido por la Asamblea de Delegadas con un mandato de tres años, conformado por los representantes de nueve Estados miembros, entre los cuales se encuentra la Presidenta, tres Vicepresidentes y cinco miembros, encargando a dicho Comité la supervisión de las operaciones regulares de la Comisión y la evaluación periódica de la ejecución de sus planes y programas de trabajo; Que, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de Delegada Titular del Estado peruano, ejerce la Presidencia del Comité Directivo de la Comisión Interamericana de Mujeres – CIM por el período 2016-2019, siendo una de sus funciones asistir y representar a la CIM en el 47 Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos – OEA; Que, la Asamblea General es el órgano supremo de la OEA y tiene como atribuciones principales, además de las otras que le señala la Carta, decidir la acción y la política general de la Organización, determinar la estructura y funciones de sus órganos y considerar cualquier asunto relativo a la convivencia de los Estados americanos; asimismo, propiciar la colaboración, especialmente en los campos económico, social y cultural, con otras organizaciones internacionales que persigan propósitos análogos a los de la Organización de los Estados Americanos; así como, fortalecer y armonizar la cooperación con las Naciones Unidas y sus organismos especializados; Que, mediante Comunicación Institucional del 23 de mayo de 2017, la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Comunicación Institucional de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Mujeres – CIM a través de la cual indica que la Titular del mencionado Sector estaría participando del 47 Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos – OEA, a realizarse del 19 al 21 de junio de 2017 en la ciudad de Cancún, Estados Unidos Mexicanos; Que, mediante Facsímil (DGM-DAS) Nº F-069 del 5 de junio de 2017, la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las gestiones realizadas para la participación en la mencionada Asamblea de la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de Presidenta de la Comisión Interamericana de Mujeres – CIM; Que, mediante Informe Nº 18-2017-MIMP/OCIN del 8 de junio de 2017, la O fi cina de Cooperación Internacional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, entre otros aspectos, señaló que la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha designado: (i) a la señora Russela Antonieta Zapata Zapata, Viceministra de la Mujer, a fi n que acompañe, participe y asesore a la Ministra durante su asistencia en la mencionada Asamblea, ya que se prevén espacios de diálogo de alto nivel con representantes de los Estados miembros sobre el avance de los derechos de las mujeres, siendo que dichos espacios permitirán construir alianzas para fortalecer el trabajo de la CIM y de este Sector a nivel internacional; y, (ii) a la señora Margarita María Díaz Picasso, Directora General de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, quien se encargará de proveer el soporte técnico necesario en los espacios relacionados con compromisos, tratados, programas y plataformas de acción en materia de derechos de las mujeres, teniendo en consideración que la referida Dirección General preside el Grupo de Trabajo de apoyo a la Presidencia de la CIM en el marco de su intervención en el 47 Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos – OEA; Que, asimismo se indica en el citado informe, que