Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 10 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Memorando Nº 0448-2017-DP/OGDH que adjunta el Informe Nº 0074-2017-DP/OGDH, Memorando Nº 278-2017-DP/PAD y el Memorando Nº 068-2017-DP/ AMASPPI, mediante el cual se solicita la emisión de la resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios de la abogada Nelly Herminia Aedo Rueda, Jefa (e) del Programa de Pueblos Indígenas de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas de la Defensoría del Pueblo, y del abogado Jorge Antonio Abrego Hinostroza, a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 12 al 15 de junio de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161º y 162º de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y mediante Resolución Defensorial Nº 0012-2011/DP se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones; Que, en los documentos de vistos, se comunica que la abogada Nelly Herminia Aedo Rueda, Jefa (e) del Programa de Pueblos Indígenas de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, y el abogado Jorge Antonio Abrego Hinostroza, comisionado del referido Programa, participarán en representación de la Defensoría del Pueblo en las actividades del proyecto "Estándares regionales comunes de actuación defensorial para la supervisión de los procesos de consulta previa en las oficinas defensoriales de Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú", que se llevarán a cabo en la ciudad de La Paz, Bolivia, los días 13 y 14 de junio de 2017; Que, los gastos que irroguen la presente comisión serán financiados en su totalidad por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a través de la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias ­ Canasta de Fondos, conforme a lo informado por la Oficina de Administración y Finanzas mediante Memorando Nº 475-2017-DP/OAF; Que, teniendo en cuenta el interés institucional de participar en el indicado evento, por cuanto permitirá tratar temas de especial relevancia, vinculados con las funciones de la Defensoría del Pueblo, en general, y la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, en particular; así como intercambiar conocimientos y experiencias en materia de pueblos indígenas y consulta previa; resulta procedente autorizar el viaje de ambos comisionados a la ciudad de La Paz, Bolivia, del 12 al 15 de junio de 2017, considerando el itinerario; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las oficinas de Gestión y Desarrollo Humano y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en los literales d) y q) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y en la Directiva Nº 002-2017-DP/OAF "Procedimientos para el requerimiento, autorización, pago y rendición de cuentas por comisiones de servicio" de la Defensoría del Pueblo, aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 021-2017-DP/OAF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la abogada Nelly Herminia Aedo Rueda, Jefa (e) del Programa de Pueblos Indígenas de la Adjuntía del Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, y del abogado Jorge Antonio Abrego Hinostroza, comisionado del referido Programa, a la ciudad de La Paz, Bolivia, desde el 12 al 15 de junio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto (TUUA) que ocasione el viaje a que se hace

referencia en el artículo primero de la presente Resolución, son otorgados considerando el itinerario del vuelo y serán financiados en su totalidad por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), a través de la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias ­ Canasta de Fondos, según el detalle siguiente:
NELLY HERMINIA AEDO RUEDA Viáticos Internacionales: (3 días x US$370.00) US$ 1,110.00 Pasajes Internacionales: (Incluye I.G.V., T.U.U.A. y otros gastos) US$ 579.96 TOTAL US$ 1,689.96 ======== JORGE ANTONIO ABREGO HINOSTROZA Viáticos Internacionales: (3 días x US$370.00) US$ 1,110.00 Pasajes Internacionales: (Incluye I.G.V., T.U.U.A. y otros gastos) US$ 579.96 TOTAL US$ 1,689.96 ========

Artículo Tercero.- La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los comisionados deberán presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la Defensoría del Pueblo (www. defensoria.gob.pe), posteriormente a su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER GUTIÉRREZ CAMACHO Defensor del Pueblo 1531169-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan emisión de duplicados de diplomas de grado académico de bachiller otorgados por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-0195-2017-UNSAAC/ Cusco, 4 de mayo de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con el Nº 711230, presentado por doña ELVA SOLI ALATRISTA GIRONZINI, con Código Universitario Nº 740796, solicitando emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Antropología, por motivo de pérdida, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU- 224 -2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, la administrada mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma del Grado Académico Bachiller en Antropología conferido por la ex Facultad de Ciencias Sociales, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y

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