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66 NORMAS LEGALES Jueves 22 de junio de 2017 / El Peruano “REVOCAR la resolución número tres de fecha ocho de abril de dos mil diecisiete, mediante la cual el Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, declara fundado el requerimiento de prisión preventiva promovido por el representante del Ministerito Público contra Félix Manuel Moreno Caballero, con motivo de la investigación que se le sigue por la presunta comisión del delito del Lavado de Activos y otro, en agravio del Estado; por consiguiente, REFORMÁNDOLO, díctese al imputado FÉLIX MANUEL MORENO CABALLERO mandato de COMPARECENCIA RESTRICTIVA, sujeto a las siguientes reglas de conducta […]” 7. En atención a lo expuesto y a la información remitida por el citado órgano jurisdiccional penal, se desprende que no existe, a la fecha, mandato de prisión preventiva que recaiga sobre el gobernador suspendido Félix Manuel Moreno Caballero. Por lo tanto, debe restablecerse la credencial otorgada a dicha autoridad, con motivo de las elecciones regionales y municipales de 2014, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la LOGR. 8. Como consecuencia de esta decisión, corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a Walter Mori Ramírez, convocado a través de la Resolución Nº 0174-2017-JNE, del 26 de abril de 2017, quien había asumido provisionalmente el cargo de gobernador regional del Callao, en tanto se resolvía la situación jurídica de Félix Manuel Moreno Caballero. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Walter Mori Ramírez, con la cual asumió, provisionalmente, el cargo de gobernador regional del Callao, conforme fuera dispuesto por la Resolución Nº 0174-2017-JNE. Artículo Segundo.- RESTABLECER la vigencia de la credencial otorgada a Félix Manuel Moreno Caballero, que lo reconoce como gobernador regional del Callao. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHANAMÉ ORBECHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZMarallano Muro Secretaria General 1535688-6 MINISTERIO PUBLICO Crean Despachos Judiciales en el Distrito Fiscal del Callao, con motivo de la implementación del Código Procesal Penal RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 077-2017-MP-FN-JFS Lima, 20 de junio de 2017 VISTOS y CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, publicado en el Diario O fi cial El Peruano, con fecha 31 de marzo de 2016, se dispuso entre otros, la modi fi cación del Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, de acuerdo a lo propuesto por la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, el cual entrará en vigencia el 01 de julio de 2017, en el Distrito Fiscal del Callao. En tal sentido, la O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto mediante el o fi cio N° 729-2017-MP-FN-GG/ OCPLAP/03, de fecha 03 de mayo de 2017, informa que en mérito a lo programado en el Calendario O fi cial vigente aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2016-JUS, sobre la entrada en vigencia del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, se ha procedido a evaluar los Diseños Organizacionales propuestos por la “Comisión conformada para la reforma procesal penal así como por los miembros del Equipo Técnico Interinstitucional”; los mismos que se encuentran conformes y concordantes con el presupuesto asignado en el presente ejercicio presupuestal. En ese aspecto, precisa que la creación o modi fi cación de unidades orgánicas, no deberá incrementar el presupuesto asignado para el mencionado Distrito Fiscal. Asimismo, la O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto en mención, adjunta el o fi cio N° 229-2017-MP- FN-ETI-NCPP/ST, de fecha 04 de abril de 2017, emitido por el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, mediante el cual remite la propuesta de los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo que aplicarán el Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, el 01 de julio de 2017; precisando que mediante acta de fecha 03 de abril de 2017, suscrita por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del mencionado Distrito Fiscal, los integrantes de la Comisión conformada para la reforma procesal y los Miembros del Equipo Técnico Institucional, acordaron validar y aprobar los referidos Diseños de Organización. Que, ante la Junta de Fiscales Supremos, el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, sustentó los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, elaborado en función a la asignación presupuestal transferida por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público. La Junta de Fiscales Supremos mediante Acuerdo N° 4638 adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 01 de junio de 2017, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobó por unanimidad la propuesta de los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao, elaborado en función a la asignación presupuestal transferida por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público, con cargo a que el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, presente el informe correspondiente de lo sustentado ante el Pleno de la mencionada Junta. Que, mediante o fi cio N° 394-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ ST, de fecha 14 de junio de 2017, el Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, presentó el Informe N° 394-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, conteniendo la documentación concerniente a los Diseños de Organización Fiscal y Órganos de Apoyo correspondientes a la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Fiscal del Callao. Que, estando a la estructura de los Diseños Organizacionales sustentados por el Equipo Técnico de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, se verifi ca la necesidad de creación de nuevos despachos y plazas fi scales; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento del Acuerdo N° 4638, adoptado por la Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear en el Distrito Fiscal del Callao, con motivo de la Implementación del Código Procesal Penal, el cual entrará en vigencia el 01 de julio de 2017, los Despachos Fiscales que a continuación se detallan: • Quinta Fiscalía Superior Penal del Callao. Una (01) plaza de Fiscal Superior