Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2017 (28/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de junio de 2017 /

El Peruano

"Implementación y seguimiento a las recomendaciones derivadas de los informes de auditoría y su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 120-2016-CG, los cuales quedan redactados conforme al texto que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día hábil siguiente a su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR ALARCÓN TEJADA Contralor General de la República ANEXO Modificación de los numerales 6.2.4, 6.4, Tercera Disposición Complementaria Final y el Anexo Nº 01 de la Directiva Nº 006-2016-CG/ GPROD "Implementación y seguimiento a las recomendaciones derivadas de los informes de auditoría y su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la Entidad" "6.2.4 Plan de acción Es un documento clave e indispensable que sustenta el inicio del proceso de implementación y seguimiento a las recomendaciones del informe de auditoría, y muestra el compromiso que el Titular de la entidad asume para la implementación de las recomendaciones. El plan de acción define las medidas concretas, plazos y responsables asignados para tal fin. El plan de acción se formula por cada informe de auditoría, está separado según el tipo de recomendación. Contiene de acuerdo al Anexo Nº 01, la información siguiente: - Entidad - El número del informe de auditoría. - Tipo de Auditoría - Órgano auditor (Contraloría, OCI, SOA) - Titular de la entidad (Nombres y apellidos) - El número y contenido de la recomendación. - Las acciones concretas a ejecutar para implementar la recomendación. La entidad debe remitir la documentación que sustente las acciones para implementar la recomendación.

- El plazo para implementar la recomendación, estableciendo la fecha final en días, mes y año. - La unidad orgánica responsable de implementar la recomendación. Cuando haya más de una unidad orgánica involucrada en el proceso de implementación de la recomendación, el Titular de la entidad identifica, para efectos de consignar en el Plan de acción, a una sola unidad orgánica como responsable de dicho proceso. No obstante ello, las demás unidades orgánicas involucradas tienen la obligación de coadyuvar en la implementación de la recomendación en lo que les corresponda. - Nombres y apellidos del funcionario responsable de la unidad orgánica encargada de implementar la recomendación. - Firma del funcionario responsable del monitoreo del proceso de implementación y seguimiento. La suscripción del Plan de Acción es obligatoria. - Firma del Titular de la entidad como responsable de implementar las recomendaciones y de mantener un proceso permanente de monitoreo y seguimiento de los avances obtenidos hasta lograr su total implementación. La suscripción del Plan de acción por parte del Titular de la entidad es obligatoria e implica la aprobación del mismo." "6.4 Facultad sancionadora de la Contraloría La Contraloría tiene la potestad sancionadora en el marco del RIS, cuando el Titular, los funcionarios y servidores públicos de las entidades, el Jefe del OCI y los Procuradores Públicos de la entidad incurren en infracción en el proceso de implementación y seguimiento a las recomendaciones de los informes de auditoría, en cuyo caso el OCI o la respectiva unidad orgánica de la Contraloría, según corresponda, adoptan las medidas conducentes a poner en conocimiento de la Autoridad Instructora de la Contraloría, los hechos para la determinación de la infracción." "Disposiciones Complementarias Finales TERCERA.- Obligatoriedad del registro de la información y documentación en el aplicativo informático de la Contraloría La información y documentación de las acciones o medidas que adopten las entidades en el proceso de implementación y seguimiento a las recomendaciones del informe de auditoría son registradas por el OCI en el Sistema de Control Gubernamental Web, en tanto se ponga en funcionamiento el aplicativo informático que implemente la Contraloría, para lo cual las entidades deben continuar informando al OCI, en la forma y plazos que sean requeridos, así como en los plazos establecidos en el Plan de acción, las acciones o medidas que adopten para implementar las recomendaciones de los informes de auditoría."

"Anexo Nº 01: Plan de acción para la implementación de recomendaciones del Informe de Auditoría"
PLAN DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE RECOMENDACIONES DEL INFORME DE AUDITORIA
Directiva N° 006 -2016-CG/GPROD "Implementación y seguimiento a las recomendaciones de los informes de auditoría y publicación en el Portal Transparencia de la entidad Estándar de la Entidad" Entidad: Número del Informe de Auditoría: Tipo de Auditoria: Órgano auditor: Titular de la entidad RECOMENDACIONES ORIENTADAS A MEJORAR LA GESTIÓN DE LA ENTIDAD Acciones concretas a ejecutar N° de la para la Implementación de la Recomendación Plazo para implementar Unidad Orgánica Recomendación recomendación Nombre y apellido del (Transcribir la recomendación del informe de auditoria la recomendación responsable de (Acción o acciones orientadas a funcionario responsable de (Según el incluyendo el número de la conclusión de la cual se (Establecer la ficha fin en implementar la Informe de corregir la deficiencia o desviación la Unidad Orgánica. deriva) dia/mes/año) recomendación Auditoria) detectada; así como la causa que la motivó)

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